El expresidente del Banco Popular, Ángel Ron, ha experimentado un revés legal significativo, ya que el juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha rechazado su recurso y confirmado que debe enfrentarse a juicio por presuntos delitos de estafa a inversores y falsedad contable relacionados con la ampliación de capital de 2016. Esta decisión se basa en la creencia de que los estados financieros de 2015 y 2016 no representaban una imagen fiel de la entidad, ya que estaban «conscientemente» manipulados o alterados.
El recurso presentado por Ron argumentaba que la investigación hasta la fecha no había revelado ningún indicio de actuación delictiva en su gestión. Sin embargo, el juez Calama ha desestimado ampliamente estas afirmaciones, citando «hechos incriminatorios clarísimos» que se revelaron durante las inspecciones «in situ» y los informes periciales de los inspectores del Banco de España.
El auto de Ron negaba cualquier fundamentación racional en la acusación, argumentando que no coincidía con los resultados de la investigación y que ignoraba una gran cantidad de pruebas documentales, testimoniales y periciales para apoyar la tesis incriminatoria. Esta tesis se basaba en una interpretación particular y subjetiva de la normativa y práctica bancarias, según el letrado de Ron.
En respuesta, el juez Calama rechazó categóricamente la afirmación de Ron de que sólo participó en la ampliación de capital de 2016. En cambio, el juez sostiene que Ron jugó un papel activo en el diseño de la ampliación de capital, determinando que la cantidad solicitada al mercado fuera de 2.506 millones de euros. Además, el juez Calama criticó a Ron por permitir que se aprobara la ampliación de capital sin proporcionar a los consejeros un estudio detallado que explicara la necesidad de ampliar el capital por ese importe específico.
En su fallo, el juez Calama también cuestionó el silencio de Ron sobre el entramado Thesan, una sociedad de capital riesgo especializada en la compra de empresas en crisis que operó con el banco. Calama señaló que Ron no sólo tenía una función representativa, sino que era el máximo responsable de la administración del Banco Popular.
El juez Calama también rechazó las afirmaciones de Ron de que el juzgado estaba investigando a los supervisores del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores o al Banco Central. En cambio, Calama afirmó que la investigación se centró en la actuación del Popular en relación con las importantes alteraciones de su contabilidad que, a su juicio, tienen naturaleza delictiva y que conllevaron la presunta estafa a los inversores que acudieron a la ampliación de capital de 2016.
En su sentencia, Calama también abordó el argumento de Ron de que era peligroso ignorar las opiniones e instrucciones que el Banco Popular había recibido del Banco de España y del BCE. Para Calama, lo más peligroso de todo es no cumplir la ley y violarla de forma deliberada. En el caso del Popular, Calama advierte que infringió la normativa legal mediante la alteración premeditada de la clasificación contable de determinados acreditados.
Finalmente, Calama concluyó que ampararse en la denominada supervisión prudencial no puede conllevar la impunidad de los incumplimientos legales. Según él, si se permitiera tal interpretación, el sistema financiero quedaría sujeto a una inseguridad jurídica y se desmoronaría como un castillo de naipes. En palabras de Calama, Ron «no puede pretender transferir su responsabilidad por los incumplimientos legales al supervisor. Esa es su responsabilidad y no del supervisor».