Archivo - Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria.

El 1 de julio de 2023 marcó el último día para presentar la declaración de la renta, cerrando así la campaña de presentación de impuestos que comenzó el 3 de abril para las presentaciones en línea y el 3 de junio para las presentaciones presenciales en las oficinas de la Agencia Tributaria u oficinas colaboradoras. Sin embargo, aquellos contribuyentes que tuvieron que ingresar el resultado de su declaración y cuyo pago está domiciliado en una cuenta bancaria tuvieron hasta el 27 de junio para hacerlo.

La Agencia Tributaria tenía previsto devolver 11.650 millones de euros a un total de 14,6 millones de contribuyentes, lo que supone un incremento del 1,2% con respecto al año anterior. De las casi 23,3 millones de declaraciones que se esperaban recibir, la mayoría (14,6 millones) resultarían en devoluciones, un 3% menos que el año anterior, mientras que el resto se dividiría entre las declaraciones a ingresar (7,1 millones, un 10,2% más) y las negativas (1,6 millones, un 4,9% más).

Declaración de Patrimonio y Recaudación

Además de la declaración de la renta, los contribuyentes también tuvieron que presentar la declaración de patrimonio, cuya recaudación se destina íntegramente a las comunidades autónomas. A pesar de que se esperaba recibir 223.119 declaraciones de patrimonio, un 2,8% menos que en la campaña anterior, la Agencia Tributaria anticipaba una mayor recaudación de 1.980 millones de euros, un 61,4% más que el año pasado. Este aumento se debe a que comunidades como Madrid, Galicia y Andalucía han tenido que adoptar o incrementar su tributo para evitar el nuevo gravamen sobre la riqueza diseñado por el Gobierno central, que afecta a patrimonios de más de tres millones de euros.

Si bien el plazo oficial para presentar la declaración de la renta y del patrimonio finalizó el 1 de julio, esto no significa que no se puedan presentar las declaraciones después de esta fecha. Sin embargo, aquellos contribuyentes que decidan hacerlo podrían enfrentarse a sanciones financieras, cuya cuantía dependerá del tiempo transcurrido desde el fin del plazo oficial hasta la presentación, el resultado de la declaración y si se notificó o no a la Agencia Tributaria.

Para las declaraciones que resulten en un pago, el contribuyente deberá hacer frente a un recargo que varía en función del tiempo transcurrido desde la fecha límite. Este recargo será del 1% sobre el importe a pagar, más un 1% adicional por cada mes completo de retraso. En caso de retraso de más de un año, se aplicará un recargo del 15% más los intereses de demora.

Si el contribuyente recibe una notificación de la Agencia Tributaria, la penalización puede oscilar entre el 50% y el 150% de la cantidad que se debía. Sin embargo, si el contribuyente acepta la sanción y no la recurre, puede beneficiarse de una reducción del 30% en la cuantía de la sanción.

Por otro lado, si el resultado de la declaración es a devolver, presentar la declaración fuera de plazo puede suponer una multa de hasta 200 euros si es la Agencia Tributaria quien reclama. En caso contrario, la multa se reduce al 50% y se pagan 100 euros. No obstante, si esta cuantía es superior a lo que se iba a recibir, el contribuyente podría acabar perdiendo dinero.

Por Daniel