El precio del alquiler sube más de un 34% desde 2019 en los 63 municipios españoles de más de 100.000 habitantes

El Govern de la Generalitat ha presentado un recurso contencioso-administrativo en contra de la resolución del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Esta resolución establece un sistema de referencia estatal para los precios de alquiler de vivienda, que tiene como objetivo regular el límite máximo que los inquilinos deben pagar. La presentación del recurso contencioso-administrativo se produce después de que, el pasado 5 de abril, la Conselleria de Territori enviara un requerimiento previo al ministerio para que rectificara dicha resolución.

La solicitud principal de la Generalitat es que se permita la combinación del sistema estatal y el índice catalán, un acuerdo que ya se había negociado previamente. Tras un mes sin respuesta del ministerio, la Conselleria de Territori ha elevado el asunto a la Audiencia Nacional para que esta se pronuncie en conformidad con la normativa reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

La consellera Ester Capella, en una rueda de prensa, ha recordado que la normativa actual obliga al Estado a aplicar el índice por ámbitos territoriales, prestar atención a los sistemas de índices ya existentes en las comunidades autónomas -como es el caso de Catalunya- y asegurar la coordinación en la aplicación de ambos sistemas. Sin embargo, la resolución del ministerio, publicada en el BOE el 15 de marzo de este año, solo contempla la creación de un único sistema estatal de índices.

Este índice debe ser el instrumento que determine el alquiler máximo que los propietarios de pisos podrán pedir a sus inquilinos y, por tanto, la herramienta esencial para contener los incrementos de precios en el mercado de alquiler.

El texto de la resolución indica que la aprobación del sistema estatal de índices debe hacerse «por ámbitos territoriales». Sin embargo, no incluye ninguna aplicación territorial, no considera los índices de referencia ya existentes en alguna comunidad autónoma y no propone ningún mecanismo de colaboración entre los diferentes índices. «El índice catalán responde a las necesidades reales de Catalunya, y cumple perfectamente con la ley española de vivienda», ha destacado Capella.

La Generalitat no solicita medidas cautelares en su recurso, ya que Catalunya desea que se aplique un control de rentas. Mientras tanto, el departamento está trabajando en el informe sobre las zonas de mercado tensionado.

El modelo acordado, que no fue recogido en la resolución publicada en el BOE, establecía que cuando el índice catalán se sitúe dentro del rango establecido por el estatal, el límite del precio del alquiler será siempre el que determine el índice autonómico. Sin embargo, cuando el índice catalán se sitúe fuera del rango fijado por el estatal, se aplicará el rango superior o inferior estatal en función del valor más cercano al índice autonómico.

Por su parte, el Ministerio de Vivienda argumenta que «los sistemas autonómicos no pueden servir para regular aspectos básicos de competencias exclusivas del Estado«, como son los precios de los alquileres. Añade también que de esta manera, se proporciona seguridad jurídica al sistema y se evitan recursos por competencia que podrían impedir su aplicación, perjudicando a muchos ciudadanos que continuarían sufriendo precios abusivos en sus alquileres.

Por Daniel