La recientemente promulgada ley ‘sólo sí es sí’ ha desencadenado una serie de eventos legales en la Audiencia Provincial de Córdoba. Con la entrada en vigor de esta ley, que regula las agresiones sexuales y gira en torno al principio del consentimiento, se han revisado 50 sentencias. En consecuencia, se ha reducido la pena para casi un tercio de los condenados, muchos de cuyas víctimas eran niños.
Hasta noviembre de 2023, en los tribunales de Córdoba se registraron 15 reducciones de penas para los condenados por delitos sexuales. Esto fue el resultado de la aplicación del nuevo baremo de estos delitos, de acuerdo con los datos proporcionados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
La aplicación de la nueva ley también ha llevado a la Audiencia a liberar a dos condenados por agresiones sexuales a menores. Estos individuos han sido liberados como resultado de la aplicación del nuevo texto legal propuesto por el Gobierno y aprobado por las Cortes.
Los casos de liberación
El primer caso de liberación involucró al violador de una niña de 12 años. En noviembre de 2016, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba condenó a Ángel O., un ecuatoriano de 40 años, a 14 años de prisión. El hombre fue condenado por inmovilizar, maniatar y colocar cinta aislante en la boca de una niña que estaba a su cuidado, para luego violarla en al menos cuatro ocasiones en su casa.
Este hombre fue liberado el 21 de diciembre de 2022 tras la entrada en vigor de la ley del ‘Sólo sí es sí’. Esta ley obligaba a la revisión de su condena, que fue establecida en 13 años, ocho meses y 29 días. Como resultado, su pena ya estaba cumplida y la Autoridad Judicial, pocas horas después de la reunión de jueces de la Audiencia en diciembre de 2022, ordenó su liberación inmediata.
La liberación ‘adelantada’ de este violador fue seguida poco después por la liberación de otro depredador sexual. Este último estaba acusado de abusar de un menor de 15 años. Recordemos que el mismo día de Navidad, la misma Audiencia ordenó la puesta en libertad del segundo agresor sexual tras aplicarle la ley del ‘Sólo sí es sí’.
«El tribunal se vio obligado por el nuevo texto legal a poner en libertad al reo por el tiempo transcurrido tras reducir la pena a un hombre condenado a siete años de prisión por abusar sexualmente de un adolescente de 15 años que se había ido de casa de sus padres en el verano de 2017 en una localidad cordobesa».
En la sentencia de la Sección Tercera se recoge que el acusado acogió en su casa a este adolescente a finales de mayo de 2017. Lo conocía previamente, tras haberse ido de casa, y desde julio hasta el 20 de agosto se aprovechó de las circunstancias personales del chico y de su edad para persuadirle a que accediera a realizar diversas prácticas sexuales.
Es relevante destacar que la ley del ‘Sólo sí es sí’ ha sido objeto de polémica desde su introducción. Mientras que algunos sostienen que esta ley es un paso adelante en la protección de las víctimas de agresiones sexuales, otros argumentan que puede dar lugar a abusos y malinterpretaciones en la aplicación de la justicia.
El debate sobre la efectividad y la justicia de la ley del ‘Sólo sí es sí’ continúa. Mientras tanto, las víctimas de agresiones sexuales y sus familias deben lidiar con las consecuencias de estas decisiones judiciales. La revisión y reducción de las penas en casos de agresiones sexuales, especialmente cuando las víctimas son menores, es un tema que sigue siendo objeto de intensos debates y reflexiones.