El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros del 14 de mayo

El reciente anteproyecto de ley de administradores y compravores de créditos propuesto por el Ministerio de Economía, ahora sujeto a audiencia pública, obliga a todas las entidades financieras a ofrecer a sus clientes morosos un acuerdo para renegociar su hipoteca o crédito al consumo antes de llevarlos a los tribunales. Esta medida se ha introducido en el marco de la regulación de la actividad de compraventa de créditos morosos con la intención de reforzar la protección del cliente bancario.

El anteproyecto establece que no sólo las entidades financieras, sino también las entidades de crédito, deben contar con una política de renegociación de deudas aprobada por su máximo órgano de gobierno. El objetivo de esta política es ofrecer medidas razonables para alcanzar acuerdos de renegociación en caso de incumplimiento por parte del prestatario de sus obligaciones de pago, antes de recurrir a acciones legales o a la exigencia total del préstamo o crédito.

Además de las medidas previstas en los códigos de buenas prácticas, las medidas de renegociación de deuda pueden consistir en una refinanciación total o parcial del contrato de crédito o en la modificación de algunas de sus condiciones, como el tipo de interés, la fecha de vencimiento, el aplazamiento del pago, el periodo de carencia, el reembolso parcial, la conversión de divisa o la condonación parcial y la consolidación de la deuda.

El anteproyecto también incluye una nueva medida de gran importancia, dirigida a los clientes en situación de vulnerabilidad. Estos clientes deben tener la opción de reembolsar su crédito con una quita equivalente al descuento con el que se iba a vender su contrato antes de la venta o cesión a un tercero. Por ejemplo, si un banco decide vender a un ‘fondo buitre’ un paquete de hipotecas morosas por el 80% de su valor, deberá ofrecer a cada uno de los titulares vulnerables de estos créditos la posibilidad de reembolsar la cantidad pendiente con un descuento similar.

El anteproyecto también limita los intereses de demora que se podrán cobrar en caso de impago de un crédito al consumo. El interés de demora aplicable en los créditos al consumo será, como máximo, equivalente al tipo de interés ordinario más tres puntos porcentuales durante el período en el que resulte exigible.

La mayor parte del anteproyecto de ley se centra en la transposición al ordenamiento español de la directiva europea de 2021 sobre los administradores de créditos. Esta directiva tiene como objetivo abordar el problema de los créditos dudosos a nivel de la UE.

Tras la aprobación de esta ley, la actividad de compraventa y recobro de créditos financieros dudosos será regulada y supervisada por el Banco de España. Este doble objetivo busca facilitar que las entidades financieras puedan sacar de sus balances los préstamos de dudoso cobro, al mismo tiempo que protege a los prestatarios de prácticas de recobro abusivas o usurarias.

La venta de créditos dudosos junto con activos adjudicados ha sido una herramienta esencial para el proceso de saneamiento de los balances de las entidades de crédito españolas tras la crisis financiera. Según datos de la Autoridad Bancaria Europea, las entidades españolas llevaron a cabo desinversiones por un total de 172.630 millones de euros entre 2015 y 2022. En la mayoría de los casos, los compradores de estos activos son fondos dispuestos a asumir los riesgos asociados.

Por Daniel