Andrés Iniesta, la estrella del fútbol, ha ganado una batalla legal significativa contra la Agencia Tributaria española. La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha respaldado al jugador en su disputa sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) desde 2010 hasta 2015, y sobre los pagos realizados a su agente, Ramón Sostres. Como resultado, se anulan las liquidaciones y sanciones que superan los 4 millones de euros.
Este fallo sigue a una serie de explicaciones presentadas por Iniesta en dos procedimientos paralelos. En diciembre de 2023, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo ya habían revisado la forma en que Iniesta tributó por sus derechos de imagen y los pagos a Sostres. El jugador estaba a la espera de la resolución de estos dos últimos litigios.
En su fallo, la Audiencia Nacional fue clara en cuanto a las liquidaciones de 2010 y 2011. «Anulamos los acuerdos de liquidación y de sanción correspondientes al IRPF de los ejercicios 2010 y 2011 por hallarse prescritos», sentenció el tribunal. En cuanto a las reclamaciones de la Agencia Tributaria de 2012 a 2015, el tribunal mantuvo solo parte de la del primer ejercicio por los pagos a Sostres, pero desestimó las demás.
El problema fiscal de Iniesta se originó durante su época en el FC Barcelona. El futbolista cedió sus derechos de imagen a la empresa Maresyterey, una estrategia común entre los jugadores que recibían parte de sus ingresos a través de sociedades profesionales. Esto les permitía pagar un 25% en el Impuesto de Sociedades en lugar del 45% que hubieran tenido que pagar en el IRPF.
En situaciones como esta, donde las cesiones se realizan a una empresa con la que existe una clara vinculación, la Agencia Tributaria vigila que se haga a valor de mercado y no mediante un precio simbólico. En el caso de Maresyterey, Iniesta figuraba como el socio mayoritario. Esta cesión de sus derechos permitió a la empresa cobrar al Barcelona y a varias marcas por su explotación comercial.
La Audiencia Nacional respaldó al jugador en este asunto, avalando los pagos del Barcelona a Maresyterey. Se basó en la regla 85/15, que permite a los jugadores dividir el salario de sus clubes entre un 85% proveniente del contrato laboral y el 15% de los derechos de imagen facturado a través de una empresa con el Impuesto de Sociedades.
El fallo concluyó que Iniesta había respetado estos porcentajes, por lo que rechazó la petición de la Agencia Tributaria. Asimismo, desestimó el cálculo de la Agencia respecto a los pagos que Iniesta recibió de otras marcas por sus derechos de imagen.
En cuanto a la reclamación de Hacienda sobre la relación entre Iniesta, Sostres y el Barcelona en 2012, la Audiencia Nacional también dictaminó a favor del futbolista. En ese año, el Barcelona pagó a Tax Fides, una empresa vinculada al agente, por supuestas labores de representación. La Agencia Tributaria argumentaba que Sostres solo trabajaba para Iniesta, pero la Audiencia Nacional aceptó los argumentos de los magistrados.
Estos argumentaban que en realidad se estaban retribuyendo los servicios de representación prestados por Sostres a Iniesta en las negociaciones de sus contratos. Por esta razón, se imputaban a Iniesta, en concepto de rendimientos del trabajo, la cantidad de 495.635 euros.
La Audiencia Nacional aceptó este razonamiento y anuló la sanción que la Agencia Tributaria había impuesto al futbolista. Así, Iniesta se une a una lista creciente de jugadores, incluyendo a Gerard Piqué y Xabi Alonso, que han salido victoriosos en sus litigios contra la Agencia Tributaria.
