Cláusulas abusivas de las hipotecas: qué son y cómo acabar con ellas

El Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) ha emitido una sentencia que ha traído alegría a todas aquellas personas que firmaron un préstamo hipotecario con una entidad financiera antes de 2019 y que aún no han reclamado los gastos de constitución del mismo (notaría, gestoría, registro y tasación). Estos gastos fueron declarados abusivos por distintas sentencias y, por lo tanto, son reembolsables si se solicita.

Existían dudas sobre hasta cuándo podían ser reclamados estos gastos. Una de las fechas que se barajaban como límite era el pasado 23 de enero, cuando se cumplían cinco años de una sentencia del Tribunal Supremo que consideraba estos gastos recuperables. Otra fecha considerada como límite se alargaba hasta el próximo junio, al considerar que el tiempo que durante la pandemia estuvieron los juzgados cerrados no era computable.

No obstante, una sentencia del TJUE la semana pasada disipó las dudas al dejar abierta la posibilidad de reclamar los gastos por constitución de una hipoteca anterior a 2019 por un tiempo indefinido. Según la sentencia emitida por el TJUE, el plazo para reclamar solo puede empezar a contar después de que el consumidor haya conocido «el carácter abusivo» de las cláusulas. El fallo del TJUE añade que la publicación de una interpretación jurisprudencial de los tribunales nacionales (el Tribunal Supremo, en este caso) no sirve como «prueba» de que se cumple el requisito relativo al conocimiento, por el consumidor de que se trate, del «carácter abusivo» de esa cláusula y de las consecuencias jurídicas que se derivan de ella.

Esta sentencia, interpretada por la asociación de consumidores financieros Asufin, amplía el plazo para reclamar los gastos de forma no definida. Esta interpretación supone una anulación de la opinión de quienes argumentaban que el plazo para reclamar los gastos debía terminar 10 años después de haberlos satisfecho. De acuerdo con esta interpretación, ya estarían fuera todas las hipotecas constituidas después de enero de 2014.

Así, todos los hipotecados con fecha anterior a 2019, que tuvieron que pagar entre 1.500 y 3.000 euros de media por gastos de constitución, podrán recuperar la misma cantidad pagada, con más tranquilidad y tiempo ahora.

La decisión del TJUE es un paso significativo en la protección de los derechos de los consumidores frente a las cláusulas abusivas en los contratos de préstamo hipotecario. Esta nueva sentencia proporciona a los consumidores una mayor seguridad jurídica y un plazo indefinido para reclamar los gastos iniciales de la constitución de su hipoteca.

La sentencia del TJUE ha llegado en un momento crucial, ya que los consumidores estaban en un estado de incertidumbre sobre la posibilidad de reclamar estos gastos después de enero de 2021. Con esta decisión, los consumidores tienen ahora la certeza de que pueden reclamar estos gastos en cualquier momento, siempre que sean capaces de demostrar que no conocían el carácter abusivo de las cláusulas de su contrato de préstamo.

Esta sentencia también tiene un impacto significativo en las entidades financieras. Con esta decisión, las entidades financieras deberán enfrentar el hecho de que pueden ser obligadas a reembolsar los gastos de constitución de hipotecas que fueron firmadas antes de 2019.

En resumen, la sentencia del TJUE ha dado un respiro a los consumidores que firmaron un préstamo hipotecario antes de 2019 y aún no han reclamado los gastos de constitución. Ahora tienen la certeza de que todavía tienen tiempo para reclamar estos gastos, y las entidades financieras deben estar preparadas para posibles reembolsos.

Por Daniel