La Audiencia Nacional ha respondido recientemente a la petición de información del juez Aguirre relativa a la investigación realizada en 2020 sobre la supuesta interferencia de espías rusos en Cataluña. Este caso, conocido como el caso Tsunami, ha vuelto a la palestra después de que el juez titular del Juzgado de Instrucción 1 de Barcelona solicitara en febrero de este año «testimonio de cierto o ciertos informes policiales» que trataran sobre la presencia de agentes de los servicios secretos del Kremlin en España. Esta solicitud se realizó en el marco de una investigación que el juez Aguirre está llevando a cabo sobre la posible conexión entre el entorno del ex president catalán Carles Puigdemont y Moscú, conexión que habría resultado en «estrechas relaciones personales».
La respuesta de la Audiencia Nacional, consultada por ABC, incluye el auto del Juzgado Central de Instrucción 6, fechado en julio de 2020, que decretó el archivo de la causa. Este auto explica que la investigación se inició tras la detección por parte de la Comisaría General de Información (CGI) de un «ataque cibernético» coordinado por personas «afines al movimiento independentista catalán y miembros de agencias de inteligencia de la Federación Rusa». Según el auto, esta operación se habría mantenido gracias a la «presencia física de actores rusos en territorio español, concretamente Cataluña», y habría tenido lugar «en fechas próximas al referéndum de 2017».
El testigo protegido y la falta de pruebas
La investigación contó con un testigo protegido que, en su declaración, mencionó de forma sucinta que los servicios de información de Rusia estarían detrás de los intentos de desestabilización de España, utilizando para ello los últimos acontecimientos ocurridos en Cataluña. Este testigo también sugirió que el objetivo último de esta campaña sería desestabilizar Europa y «el mundo occidental». Sin embargo, a pesar de que el testigo aportó nombres de empresas y personas, fue incapaz de proporcionar «ninguna prueba documental» o de otro tipo que pudiera respaldar sus afirmaciones.
Por este motivo, el juez encargó a la CGI un estudio detallado sobre la información que el testigo había proporcionado. Tiempo después, el testigo sí aportó algún documento. La Policía comprobó que los nombres que había mencionado correspondían con personas del ámbito económico y político de Cataluña, así como con nacionales de la Federación Rusa. Sin embargo, el auto de la Audiencia Nacional, consultado por ABC, señala que «fuera de esta declaración, poco o nada aporta lo dicho por la Policía, por cuanto los individuos mencionados carecen de antecedentes, y toda la información está recogida en los medios de comunicación».
El auto también enfatiza que «que sean perfiles de personas cercanas a las tesis independentistas no supone un hecho que pueda ser objeto de investigación, máxime cuando las actividades realizadas se hacen a la luz pública y a través de medios en modo alguno ilegales».
En cuanto a los «ciudadanos extranjeros que habrían actuado -según el testigo- en contra de los intereses españoles», el auto apunta que «las indicaciones de que sean o no miembros de un servicio secreto sólo aparece en medios periodísticos», lo que «carece de relevancia penal». En definitiva, el auto concluye que «nada se aporta que nos permita mantener viva esta investigación, salvo que pretendamos una causa general en busca de algún indicio que nos permita confirmar la tesis de partida». Por todo ello, se decretó el sobreseimiento provisional de las pesquisas.
Finalmente, es importante recordar que, después de que la Audiencia de Barcelona rechazase la prórroga de la instrucción sobre la denominada ‘trama rusa’ del ‘procés’, una pieza separada de la operación Voloh, el juez Aguirre abrió una pieza separada para investigar a Puigdemont y a otras once personas por un delito de alta traición, que queda fuera de la ley de amnistía. En el caso del expresidente catalán, sería el Supremo el que tendría que asumir las pesquisas, porque es aforado.