La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

El Gobierno español ha aprobado en un reciente Consejo de Ministros una notable subida del salario mínimo interprofesional (SMI) a 1.134 euros brutos al mes, repartidos en 14 pagas. Esta decisión oficializa un acuerdo previo con los sindicatos y se espera que mejore el nivel de vida de alrededor de 2,5 millones de trabajadores en todo el país, según las declaraciones de la portavoz del Gobierno, Pilar Alegría. En Cataluña, esta medida podría beneficiar a aproximadamente 300.000 asalariados.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, describió esta medida como una «política útil». Además, anunció la transposición de la directiva de condiciones laborales transparentes. Esta directiva obliga a todas las empresas a detallar en el contrato el salario base y los complementos, así como el horario, el periodo de prueba y el lugar de trabajo. Asimismo, limita la capacidad de las empresas para reducir unilateralmente el número de horas de los asalariados a tiempo parcial.

El incremento del SMI representa un aumento del 5%, desde los 1.080 euros anteriormente vigentes. Este aumento permitirá a sus beneficiarios ganar poder adquisitivo, ya que la revalorización está un punto y medio por encima de la inflación media registrada en 2023. Además, la subida del SMI será retroactiva a partir del 1 de enero, lo que obligará a las empresas a abonar una ‘paguilla’ compensatoria por el atraso correspondiente al primer mes del año. Este ‘extra’ deberá ser abonado en la próxima nómina de febrero.

A partir del próximo miércoles, cuando la subida sea oficializada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ningún trabajador a jornada completa en España podrá cobrar menos de 1.134 euros brutos al mes (en 14 pagas), lo que equivale a 1.323 euros brutos al mes si las empresas prorratean el sueldo en 12 pagas.

En términos anuales, el suelo salarial se incrementa a 15.876 euros brutos y, en términos horarios, a 8,87 euros. Esta última referencia es particularmente relevante para las empleadas del hogar, un colectivo que habitualmente cobra por hora y según el SMI. El salario por día trabajado pasa a ser de 37,8 euros brutos, excepto en el caso de los trabajadores eventuales y temporeros, para los cuales el salario no podrá ser inferior a 53,71 euros por jornada.

El Gobierno también ha logrado resolver una disputa entre socios relacionada con la transposición de la directiva de condiciones laborales transparentes, una obligación legal pendiente desde agosto de 2022. Esta disputa se centró principalmente en el blindaje de los trabajadores a tiempo parcial, un colectivo que comprende a unas 2,6 millones de personas, en su mayoría mujeres. En este aspecto, se ha impuesto la visión del partido de Yolanda Díaz, Sumar, que buscaba prohibir que una empresa pudiera reducir el número de horas que un contratado a tiempo parcial realiza a la semana.

A la espera de conocer los detalles de la norma que se publicará en el BOE, las empresas ahora están obligadas a proporcionar más información a sus trabajadores, como los elementos esenciales de la relación laboral y cualquier cambio en las mismas. Además, la duración máxima del periodo de prueba no podrá ser ampliada por convenio y las empresas no podrán obstaculizar el pluriempleo de sus trabajadores a tiempo parcial.

Por Daniel