El Tribunal Supremo avala la compatibilidad de trabajos en el sector público y privado para contratos fijos discontinuos
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que puede marcar precedente en cómo los trabajadores con un contrato laboral fijo discontinuo pueden complementar sus ingresos. La resolución judicial establece que estos trabajadores tienen la opción de ampliar su fuente de ingresos en la Administración cuando son temporalmente dados de baja en el sector privado.
El caso concreto se refiere a un bombero forestal contratado como fijo discontinuo en el Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales de Galicia. Durante el período en el que la campaña antiincendios se suspendía hasta el siguiente curso, el bombero buscaba un nuevo sueldo en la brigada de repoblación forestal en un ayuntamiento, ejerciendo como interino.
Interpretación de la Ley de Incompatibilidades
La decisión del Supremo se basa en la interpretación de la ley de incompatibilidades, vigente desde 1984. Esta ley establece que, por lo general, un trabajador público no puede ejercer también un oficio en el sector privado. Sin embargo, los magistrados han determinado que esta incompatibilidad no se aplica cuando un trabajador fijo discontinuo es dado de baja por su empleador, y está a la espera de ser llamado nuevamente cuando la actividad se reanude. En este contexto, el trabajador no estaría incumpliendo la ley si decide trabajar en el sector público en el período de inactividad.
El Tribunal Supremo argumenta que la actividad adicional en el sector público debe ser vista como compatible, siempre y cuando se realice durante el período de inactividad laboral de la relación discontinua. Esta actividad no debe impedir ni menoscabar el estricto cumplimiento de los deberes inherentes a su trabajo principal ni comprometer la imparcialidad o independencia en su desempeño.
En este caso, el Tribunal Supremo ha estimado el recurso del trabajador contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), que había respaldado la decisión de la Xunta de rechazar la compatibilidad solicitada por el trabajador. Por esta razón, el Supremo ha condenado a la Xunta a pagar una indemnización de 6.542 euros al bombero.
Implicaciones para los trabajadores con contratos fijos discontinuos
Esta sentencia puede tener un impacto significativo en la vida laboral de muchos trabajadores. Según los datos más recientes de la Seguridad Social, en junio había 1,05 millones de trabajadores con un contrato fijo discontinuo y en activo en toda España. De estos, cerca del 60% son mujeres y el grupo mayoritario de trabajadores con contratos fijos discontinuos tienen entre 20 y 30 años.
El fallo del Tribunal Supremo representa un precedente importante que brinda a estos trabajadores una mayor flexibilidad para complementar sus ingresos durante los períodos de inactividad. Esto puede ser especialmente relevante en el contexto actual de incertidumbre económica y laboral, donde la posibilidad de diversificar las fuentes de ingresos puede ser una ventaja significativa para estos trabajadores.
La sentencia del Tribunal Supremo no sólo tiene implicaciones para los trabajadores con contratos fijos discontinuos, sino también para los empleadores y la Administración, ya que plantea cuestiones sobre cómo se interpretan y aplican las leyes laborales en diferentes contextos y situaciones. En última instancia, esta decisión podría tener un impacto en cómo se conciben y gestionan las relaciones laborales en el sector público y privado.
