el juez Militar Central anula las primeras declaraciones del capitán, teniente y sargento investigados

Investigación Militar de Madrid Anula Declaraciones y Rechaza Recursos en Causa por Fallecimiento de Dos Militares en Cerro Muriano

El Juzgado Togado Militar Central número 2, con sede en Madrid, ha emitido tres autos fundamentales este lunes en relación con la causa que se está instruyendo por la muerte de dos militares, un soldado y un cabo, en un ejercicio de entrenamiento en el cruce de un lago en la base militar de Cerro Muriano el pasado 21 de diciembre, cuando las temperaturas eran de cero grados. ABC Córdoba ha tenido acceso a estos autos, y la decisión más significativa es la anulación de las declaraciones tomadas a los principales implicados en la investigación.

Además, el órgano instructor de la causa también acordó el rechazo de los recursos presentados por las partes, que buscaban incrementar significativamente el número de testigos a los que se tomaría declaración en la vista oral. Esta decisión es crucial, ya que la ampliación de testigos podría haber proporcionado una visión más completa de lo ocurrido durante el fatídico ejercicio de entrenamiento militar.

En un tercer auto, el Juzgado Togado Militar número 2 decidió realizar las pruebas de tres peritos, que serán decisivos en la causa. Estas pruebas se llevarán a cabo en los primeros días de julio. Además, el juzgado ha citado a cuatro altos mandos del Ejército como investigados.

La Anulación de Declaraciones

El juzgado instructor de la causa, que ahora se encuentra en Madrid tras la inhibición de los juzgados penales y del Tribunal Togado Militar de Sevilla, ha decidido anular las declaraciones hechas el mismo día de los hechos a los tres cargos más importantes implicados en la causa: el capitán Zúñiga, el teniente Tato y el sargento Álvarez.

Esta posición se ha adoptado para evitar poner a los procesados en una situación de indefensión. El juzgado entiende que cuando se tomó declaración a estos tres cargos, no se les advirtió de que podrían ser investigados (imputados), con los derechos que ello conlleva en su testimonio. Por este motivo, el juzgado ve necesario anular estas declaraciones y tomarlas de nuevo, esta vez con todos los derechos de los imputados intactos.

En este sentido, el juzgado señala en los fundamentos de derecho que «en ningún caso una persona que esté siendo investigada como posible responsable de una conducta delictiva puede ser sometida a un interrogatorio policial, sin la advertencia de los derechos que le asisten y relevado del juramento o promesa de decir verdad». La inobservancia de un derecho fundamental genera una clara indefensión material para los investigados, por lo que las declaraciones de los investigados bajo juramento o promesa de decir verdad y sin la advertencia de los derechos que les asistían, adolecen de un vicio de nulidad que no es susceptible de subsanación.

Por lo anterior, el juez ha decidido declarar la nulidad de las declaraciones testificales del capitán, el teniente y el sargento. Durante su declaración, el capitán Zúñiga defendió que había tomado las medidas de seguridad oportunas y que tenía la autorización de sus mandos para llevar a cabo una prueba habitual en la instrucción de los mismos. También negó algunas de las frases despectivas que algunos testigos le atribuyeron durante los momentos críticos del suceso y reconoció que reanudó la maniobra a pesar de que tuvo que sacar del agua a algunos soldados con problemas de flotabilidad.

Rechazo de Recursos y Pruebas

El Togado Central también dictó un auto en el que rechaza los recursos y alegaciones presentadas por las partes para aumentar el número de investigación y las pruebas testificales a tomar. En este sentido, la resolución judicial asegura que tiene que «inadmitir los recursos planteados por las representaciones legales» porque «en los recursos presentados no se invoca ninguna vulneración, formal ni de contenido, que pudiera permitir acceder a lo solicitado por las partes recurrentes, más allá de su mera opinión personal acerca del tiempo necesario para la práctica de actuaciones judiciales», ya que unos de los motivos de inadmisión de estas pruebas son la extensión que podría alcanzar el proceso.

Por último, el instructor también confirma la práctica de las pruebas que serán necesarias. En este caso, cita, en calidad de peritos, a tres personas: un sargento de la Guardia Civil, una teniente coronel médica y un capitán.

Cabe destacar que también se ha citado como investigados a cuatro altos cargos del Ejército: el coronel Méndez, el coronel Navarro, el teniente coronel Zanfaño y el comandante Velasco. Esto significa que se les considera posibles responsables de las muertes y se investigará su papel en los hechos. Sin duda, esta decisión añade otra capa de complejidad a una causa ya de por sí delicada y llena de implicaciones, no solo para los afectados directamente, sino también para todo el estamento militar español.