La administración autónoma de Cataluña, la Generalitat, ha enviado un requerimiento al Ministerio de Vivienda de España, solicitando una modificación en el índice de precios de alquiler. La Generalitat argumenta que el sistema actual no incorpora los modelos preexistentes en algunas comunidades autónomas, incluida Cataluña. Por lo tanto, solicita la aplicación del sistema mixto acordado entre ambas instituciones. Este requerimiento representa una petición formal a una administración para rectificar una decisión antes de presentar un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales.
Mediante esta acción, la Generalitat busca forzar al Gobierno español a aprobar un sistema diferente al actual que incluya sus solicitudes. En una carta dirigida al secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, Francisco David Lucas, la Conselleria de Territori solicita que se corrija la resolución que aprobó el sistema estatal de índices de precios de referencia en marzo. Este indicador debe ser el instrumento que determine el alquiler máximo que los propietarios de pisos pueden solicitar a sus inquilinos y, por tanto, la herramienta básica para contener las subidas de precios del mercado de alquiler.
La Conselleria de Territori critica que, a pesar de que la resolución publicada por el Gobierno en el ‘Boletín Oficial del Estado’ (BOE) el 15 de marzo estipula que el sistema estatal de índices debe realizarse por ámbitos territoriales, no se incluye ninguna aplicación territorial ni se tienen en cuenta los índices de referencia existentes en ninguna comunidad autónoma. Tampoco se considera ningún mecanismo de colaboración entre los diferentes índices.
La carta, firmada por Joan Jaume, secretario general de la Conselleria de Territori, sostiene que esta ausencia representa una violación de toda la normativa estatal vigente. Jaume recuerda que tanto la ley por el derecho a la vivienda como la de arrendamientos urbanos (LAU) anticipan la coexistencia de índices estatales y autonómicos e instan a la colaboración entre el ministerio y las comunidades para la coordinación entre los diferentes sistemas y metodologías desarrollados por cada uno.
El requerimiento previo solicita modificar la resolución para que mencione el índice de referencia autonómico y prevea los mecanismos de colaboración entre los diversos sistemas, algo que ya se había acordado en los trabajos técnicos entre la Conselleria de Territori y el ministerio. Según el modelo acordado -y no incluido en la resolución del BOE-, cuando el índice catalán se sitúe dentro del rango establecido por el estatal, el límite del precio del alquiler será siempre el determinado por el índice autonómico. Sin embargo, cuando el índice catalán se sitúe fuera del rango fijado por el estatal, se aplicará el rango superior o inferior estatal, dependiendo de cuál esté más cercano al índice autonómico.
El Ministerio de Vivienda se opone a la petición de la Generalitat argumentando que «los sistemas autonómicos no pueden servir para regular aspectos básicos de competencias exclusivas del Estado», como los precios de los alquileres. Asegura que esto proporciona seguridad jurídica al sistema y evita recursos por competencia que podrían impedir su aplicación, perjudicando a muchos ciudadanos que seguirían sufriendo precios abusivos en sus alquileres.
Además, el ministerio insiste en que el sistema estatal se ha trabajado «en estrecha colaboración con la Generalitat de Catalunya, basado en datos anuales de más de dos millones de viviendas en arrendamiento».