La Audiencia Nacional ha condenado a la conocida empresa deportiva Decathlon a corregir una discriminación salarial existente en su plantilla en el año 2022. La disputa radica en la disparidad salarial entre los trabajadores a tiempo parcial y aquellos contratados a jornada completa. Este fallo judicial ha llevado a la empresa a tener que compensar a los trabajadores afectados por esta discriminación. Sin embargo, la empresa ha anunciado su intención de apelar la decisión en los tribunales.
La demanda fue presentada por el sindicato Comisiones Obreras (CCOO), al que se unieron otras organizaciones como la Unión Sindical Obrera (USO) y la Unión General de Trabajadores (UGT). Los sindicatos consideraron que Decathlon estaba violando el derecho a la igualdad retributiva. La empresa, por su parte, ha argumentado que no ha habido ninguna lesión a este derecho.
El conflicto laboral surgió porque el convenio de los trabajadores de Decathlon otorgaba un plus salarial a sus empleados a tiempo completo por la «posibilidad» de flexibilizar su jornada laboral. Esta flexibilidad, sin embargo, no se extendía a aquellos empleados que estaban contratados a tiempo parcial. Los trabajadores afectados son en su mayoría dependientes y mozos de almacén, es decir, los trabajadores que están más allá de la oficina.
En su fallo, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional apoyó tanto a los sindicatos como a la empresa en sus reclamaciones. Sin embargo, finalmente, la Audiencia condenó a Decathlon a realizar un ajuste salarial que la empresa ya había asumido para el año 2023 al actualizar las tablas salariales en su convenio colectivo.
La compensación a los trabajadores afectados se estima en la diferencia mensual no abonada a las personas a tiempo parcial de la empresa. Esta diferencia se fija en 0,192 euros/hora para el grupo 4 y 0,168 euros/hora para el grupo 5.2. Aunque la empresa ha introducido cambios desde 2023 para corregir la desigualdad, fuentes de Decathlon han asegurado que apelarán la decisión judicial.
La Audiencia Nacional también reconoció que se había producido una lesión del derecho de igualdad retributiva de los trabajadores a tiempo parcial de la empresa Decathlon España al no reconocerles el derecho a percibir el plus por la posibilidad de realizar jornadas flexibles durante los años 2021 y 2022. Sin embargo, dada la prescripción de parte de lo sucedido, el juez condena a indemnizar por daños materiales a estos trabajadores únicamente por el periodo entre mayo y diciembre de 2022.
Esta decisión de Decathlon ha sido lamentada por Comisiones Obreras: «En lugar de aceptar la decisión judicial y asumir su responsabilidad, Decathlon elige prolongar el proceso legal y seguir negando los derechos de sus empleados».
Finalmente, la Audiencia Nacional no ha considerado la reclamación de los sindicatos de que se estaba produciendo también una discriminación indirecta por motivos de sexo, ya que no se ha demostrado que la modalidad de empleo a tiempo parcial esté feminizada dentro de la plantilla de Decathlon. En 2021, el 49% de los empleados a tiempo parcial se consideraban hombres y el 51% mujeres, una proporción que se mantuvo de forma similar también en 2022.
