El papel del Gobierno en la fusión BBVA-Sabadell: Una mirada a la Ley de Defensa de la Competencia
La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández, se ha abstenido de criticar el hecho de que la Ley de Defensa de la Competencia, aprobada en 2007, otorga al Gobierno la autoridad para imponer condiciones adicionales a las establecidas por la CNMC a la integración del BBVA y el Sabadell en ciertos escenarios, a diferencia de lo que sucede cuando las autoridades europeas de competencia son las que evalúan una operación.
La ley, según Fernández, define claramente los criterios que permiten al Ejecutivo pronunciarse sobre la operación. Fernández ha descartado que esté experimentando presiones políticas para obstaculizar una operación que el Gobierno rechaza. En cambio, ha asegurado que la CNMC llevará a cabo un «análisis técnico» de las implicaciones desde la perspectiva de la competencia y ha solicitado el «tiempo necesario» para llevarlo a cabo.
El proceso de integración y la posibilidad de una OPA hostil
Este proceso podría llevar más tiempo que la fusión entre CaixaBank y Bankia, que tardó entre seis y ocho meses. La razón es que, a diferencia de la fusión amistosa anterior, el BBVA ha lanzado una OPA hostil por el Sabadell.
Según la ley de OPAs, el banco puede desistir de la operación si, antes de que termine el plazo para que los accionistas acepten la oferta, las autoridades de competencia no han emitido su decisión o si condicionan la concentración al cumplimiento de ciertos requisitos.
A pesar de ello, el BBVA ha señalado que no considera desistir en caso de que ocurra esta eventualidad y ha expresado su confianza en que la CNMC aprobará la operación con compromisos y condiciones asumibles.
La Ley de Defensa de la Competencia permite al Gobierno pronunciarse sobre operaciones de integración cuando la CNMC no las aprueba en la conocida como primera fase («operaciones que no plantean problemas de competencia»), sino en una segunda fase (una concentración que «puede obstaculizar el mantenimiento de la competencia efectiva en todo o parte del mercado nacional»).
Si la operación pasa a la segunda fase, además de que «terceros interesados» pueden presentar objeciones a la operación, el Consejo de Ministros tiene la potestad de imponer condiciones adicionales a las que la CNMC hubiera establecido.
La ley establece que el ministro de Economía «podrá elevar la decisión sobre la concentración» tomada por la CNMC al Consejo de Ministros si la CNMC ha prohibido o condicionado la operación (no si le ha dado vía libre sin medidas mitigadoras).
El Consejo de Ministros, a su vez, tiene un mes para confirmar la resolución de la CNMC o «autorizar la concentración, con o sin condiciones», argumentando «razones de interés general distintas de la defensa de la competencia».
La ley menciona varias posibles razones de interés general que el Gobierno puede considerar, como la defensa y seguridad nacional; la protección de la seguridad o salud públicas; la libre circulación de bienes y servicios dentro del territorio nacional; la protección del medio ambiente; la promoción de la investigación y el desarrollo tecnológicos; y la garantía de un adecuado mantenimiento de los objetivos de la regulación sectorial.
El BBVA tendría que cumplir con estas condiciones, aunque también tendría la opción de vender la participación en el Sabadell recién adquirida. Además, si decide aceptar las condiciones y seguir adelante con la operación, el Ministerio de Economía aún tiene la opción de entorpecer la operación: vetar la fusión por absorción.
No obstante, el presidente del BBVA, Carlos Torres Vila, aseguró que seguiría adelante, incluso si no puede fusionar, ya que la operación seguiría siendo «atractiva».

