El pasado jueves, la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Tamara Cápeta, emitió un dictamen preliminar en el que sugiere que la decisión del Consejo sobre el acuerdo de pesca entre la Unión Europea y Marruecos debería anularse. Según Cápeta, el acuerdo, firmado en enero de 2019, no ha respetado el derecho de autodeterminación del pueblo saharaui al no considerar el territorio del Sáhara Occidental y las áreas adyacentes a él como separadas y distintas del territorio de Marruecos.
La decisión del Consejo fue impugnada por el Frente Polisario apenas unos meses después de su firma, y el Tribunal General de la UE le dio la razón en 2021. Tanto la Comisión Europea como el Consejo decidieron recurrir en casación, lo que llevó a la emisión del reciente dictamen preliminar de la abogada general. Cápeta propone desestimar los recursos y confirmar la sentencia que se emitió hace tres años.
A pesar de reconocer que el Sáhara Occidental no tiene un representante oficial o reconocido que pueda presentar un recurso en su nombre, Cápeta señala que el territorio está luchando por uno de los tres posibles resultados del derecho a la autodeterminación: la creación de un Estado independiente. «En consecuencia, debe considerarse que el Frente Polisario refleja los intereses y deseos de (al menos) una parte del pueblo del Sáhara Occidental», dictaminó.
En relación con el núcleo del asunto, la abogada general explicó que el Acuerdo de Pesca y el Protocolo de aplicación no cumplen con el requisito de tratar el territorio del Sáhara Occidental como «separado y distinto» del del Reino de Marruecos. Según ella, esto viola el «principio de autodeterminación» tal y como lo ha interpretado la corte europea en el pasado. Además, el hecho de no tratar los dos territorios por separado también puede afectar el derecho del pueblo del Sáhara Occidental a disfrutar y beneficiarse de sus recursos naturales, incluidos los recursos pesqueros de las aguas adyacentes a dicho territorio.
El dictamen preliminar admitió, sin embargo, que aunque algunos de estos elementos fueron planteados ante el Tribunal General, no se trataron, y por lo tanto no corresponde al Tribunal de Justicia discutir el alcance de los derechos y deberes relacionados con el disfrute de los recursos naturales del pueblo del Sáhara Occidental. Vale la pena señalar que la corte europea suele tener en cuenta las recomendaciones de la abogada general en el 80% de los casos, aunque el dictamen no es vinculante.
Finalmente, es importante tener en cuenta que la aplicación del protocolo pesquero, del que se beneficiaban particularmente los buques españoles, expiró el pasado 17 de julio. La resolución final de este caso podría tener un impacto significativo en las relaciones entre la Unión Europea y Marruecos, así como en los derechos del pueblo saharaui.
