El fenómeno de las propinas, una cantidad de dinero adicional que los clientes eligen otorgar a los empleados de un establecimiento como muestra de agradecimiento por el servicio o atención recibida, es un tema que genera un cierto nivel de inseguridad jurídica debido a la falta de normas laborales que lo regulen.
Al considerar las propinas desde una perspectiva laboral, es importante entender que estas son completamente ajenas a la relación laboral entre la empresa y el empleado. No existe un marco legal que obligue a los clientes a otorgar propinas, ni que obligue a las empresas a exigirlas.
Desde una perspectiva salarial, las propinas no son consideradas salario, sino un pago extrasalarial. Según el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, el salario es la remuneración percibida por un trabajador como contraprestación a su trabajo, mientras que las propinas son un pago adicional, voluntario y no garantizado.
La consideración de las propinas como un pago extrasalarial tiene importantes implicaciones. Por ejemplo, las propinas no se consideran al calcular una indemnización por despido. Además, las propinas no cotizan a la Seguridad Social, lo que puede afectar las contribuciones del empleado.
Dado que las propinas dependen de la voluntad del cliente, estas se pueden considerar como una donación. En términos fiscales, se considera que las propinas son un rendimiento del trabajo y, por lo tanto, deben tributar como un concepto salarial más. Aunque en la práctica es raro que se haga, es importante entender las obligaciones fiscales asociadas con las propinas.
Por otro lado, una empresa no puede eliminar el sistema de propinas de un día para otro, ya que esto se consideraría una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. De acuerdo con una sentencia del Tribunal Supremo del 17 de junio de 2021, los empleados podrían reclamar para recuperar las propinas en caso de que una empresa decida eliminarlas.
Para hacer un reclamo relacionado con las propinas, los empleados deben recurrir a la vía civil, no a la social, ya que las propinas no están dentro del ámbito laboral. Aunque las propinas no forman parte del salario, no cotizan a la Seguridad Social y no se consideran al calcular una indemnización por despido, sí forman parte de los rendimientos del trabajo, tal como resolvió Hacienda en una consulta del 29 de noviembre de 2017.
Si una empresa decidiera dejar de abonar las propinas que venía otorgando, los empleados podrían denunciar a la empresa ante la Inspección de Trabajo. Esta acción sería considerada una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, lo que podría dar lugar a reclamaciones legales.
En conclusión, las propinas son un aspecto complejo y a menudo mal entendido de la vida laboral. Aunque se consideran un pago extrasalarial y no están sujetas a las mismas regulaciones que los salarios, las propinas tienen implicaciones fiscales y pueden ser objeto de litigio si una empresa intenta alterar o eliminar el sistema de propinas.