El exconcejal de Ponferrada que tiró a su mujer por la terraza suma otro año y tres meses de cárcel por alzamiento de bienes

El ex concejal Pedro Muñoz, actualmente cumpliendo una condena de 16 años y once meses por delitos de lesiones agravadas y maltrato continuado en el ámbito familiar, ha sido condenado a un año adicional, tres meses y un día por el delito de alzamiento de bienes. Este nuevo juicio se produce tras un intento en junio de 2020 de donar todas sus propiedades a sus dos hijos mientras estaba en prisión preventiva, antes de enfrentarse a juicio.

Este caso de violencia doméstica que dejó a la entonces esposa de Muñoz, Raquel Díaz, parapléjica después de que él la empujara por una terraza en mayo de 2020, ha vuelto a los titulares debido a las recientes acciones del ex concejal. En un intento de deshacerse de todos sus bienes antes del juicio, trató de donar varias fincas rústicas y urbanas en las localidades leonesas de Toreno y Santo Tomás de las Ollas a sus hijos.

La donación fue frustrada en el Registro de la Propiedad, ya que la finca de Santo Tomás de las Ollas era la residencia conyugal de la pareja, y la aprobación de Raquel Díaz era necesaria. En ese momento, Díaz estaba ingresada en el Hospital de León en estado muy grave.

Los hijos de Muñoz también condenados

El juez ha condenado a los dos hijos de Muñoz a la misma pena de un año, tres meses y un día de prisión, considerándolos cooperadores necesarios de un delito de insolvencia punible por alzamiento de bienes. Sin embargo, es probable que no ingresen en prisión, ya que la sentencia es inferior a dos años.

La sentencia aplica la atenuante «muy cualificada» de reparación del daño a los tres condenados. Esto significa que la sentencia es inferior a la petición inicial de la Fiscalía, que no apreciaba circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y pedía penas de prisión de dos años y cinco meses para los tres individuos. El ex concejal Pedro Muñoz como autor, y sus hijos como cooperadores necesarios.

Además, la sentencia impone a cada uno una multa de 1.626 euros y declara la «nulidad» de la escritura de donación otorgada el 16 de junio de 2020. Como resultado, el patrimonio debe retornar a Pedro Muñoz.

El fallo argumenta que la donación «se produce exclusivamente como consecuencia del inicio del procedimiento penal» contra Pedro Muñoz y «por las posibles consecuencias de dicho procedimiento, no siendo necesaria para los fines que según los acusados la motivaron». El fallo también menciona una «premura no justificada» y que la donación «pretendía evadir la totalidad del patrimonio inmobiliario del donante permitiéndole sin embargo conservar el uso y disfrute futuro de tales bienes obviando por completo a la esposa».

Es importante destacar que la sentencia no es firme y se puede recurrir. La violencia de género y el maltrato en el ámbito familiar son delitos graves que pueden tener consecuencias a largo plazo para las víctimas. En este caso, las acciones de Pedro Muñoz han dejado a su ex esposa con paraplejia y han llevado a sus hijos a ser considerados cooperadores necesarios en un delito de insolvencia punible por alzamiento de bienes.

Este caso subraya la importancia de la denuncia y la persecución de la violencia doméstica, así como la necesidad de proteger los bienes y los derechos de las víctimas de estos delitos. Aunque la sentencia puede ser recurrida, la condena adicional y la multa impuesta a Pedro Muñoz y a sus hijos reflejan la gravedad de sus acciones y el intento de evadir la responsabilidad y las consecuencias de sus actos.