Las prestaciones económicas que ofrece el sistema de Seguridad Social vienen en dos formas: las pensiones contributivas y no contributivas. Ambas tienen como objetivo garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas que, por diversos motivos, no pueden acceder a una pensión contributiva ordinaria que cobran los trabajadores que han cotizado a la Seguridad Social.
La pensión contributiva es una prestación económica que se otorga en función del tiempo que la persona haya cotizado a la Seguridad Social. Por otro lado, la pensión no contributiva se otorga en función de la situación de necesidad de la persona, independientemente de si ha cotizado o no a la Seguridad Social.
Para recibir una pensión, ya sea contributiva o no contributiva, se deben cumplir ciertos requisitos. La pensión contributiva requiere que el individuo tenga una edad determinada, haya cotizado un mínimo de años y esté en una situación de necesidad. Para la pensión no contributiva, además de tener una edad determinada, la persona no debe tener ingresos suficientes y no tener derecho a una pensión contributiva ordinaria.
La cuantía de las pensiones contributivas se calcula en función de los años cotizados y de los salarios percibidos. En contraposición, la cuantía de las pensiones no contributivas es fija y varía en función del número de miembros del núcleo familiar.
Las pensiones contributivas son gestionadas por la Seguridad Social mientras que las pensiones no contributivas son gestionadas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
En el caso de la pensión contributiva, la edad requerida varía en función de la modalidad de pensión. Para la jubilación, por ejemplo, la edad requerida es de 66 años y 2 meses en 2023, 66 años y 4 meses en 2024 y así sucesivamente. Para la invalidez, se requieren 16 años cotizados, o 15 años cotizados si se tiene una discapacidad reconocida del 65% o superior. En caso de fallecimiento, el beneficiario debe tener derecho a una pensión de viudedad, orfandad o a favor de familiares.
Además de la edad, para la pensión contributiva se requiere haber cotizado un mínimo de años, que también varía en función de la modalidad de pensión. Para la jubilación, se requieren 15 años cotizados, o 12 años cotizados si se tiene una discapacidad reconocida del 65% o superior. Para la invalidez, se requieren 15 años cotizados, o 12 años cotizados si se tiene una discapacidad reconocida del 65% o superior.
En el caso de la pensión no contributiva, al igual que la contributiva, la edad requerida varía en función de la modalidad de pensión. Para la jubilación, la edad requerida será de 65 años en 2023, 66 años en 2024 y así sucesivamente. Para la invalidez, se requiere 16 años de residencia en España, o 15 años de residencia si se tiene una discapacidad reconocida del 65% o superior. En caso de fallecimiento, el beneficiario debe tener derecho a una pensión de viudedad, orfandad o a favor de familiares.
Para la pensión no contributiva, además de la edad, se requiere que la persona no tenga ingresos suficientes. Esta condición se determina en función de los ingresos y del patrimonio de la persona.
En resumen, la Seguridad Social ofrece dos tipos de pensiones, contributivas y no contributivas, que buscan garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas que no pueden acceder a una pensión contributiva ordinaria. Estas pensiones, aunque similares en su propósito, difieren en términos de requisitos, cuantía y gestión.
