La digitalización ha transformado la forma de acreditar que el conductor y el vehículo reúnen los requisitos necesarios para circular. Aunque durante años la guantera acumulaba permisos, pólizas, recibos y otros justificantes, hoy parte de esta documentación puede consultarse en el teléfono y algunos papeles ya no es obligatorio llevarlos en el coche.
Los tres documentos obligatorios para circular
La Dirección General de Tráfico (DGT) establece que, al conducir, deben estar disponibles y en vigor tres documentos: el permiso de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta ITV o ficha técnica.
El permiso de conducir certifica que la persona está habilitada para manejar ese tipo de vehículo. Por su parte, el permiso de circulación identifica al automóvil y a su titular, mientras que la tarjeta ITV recoge las características técnicas del vehículo y acredita su homologación para circular.
Esta exigencia también se aplica a los vehículos de alquiler. Antes de emprender el viaje, conviene verificar que toda la documentación requerida esté disponible y vigente, aunque el coche no sea propiedad del conductor.
Documentación digital a través de miDGT
La aplicación miDGT permite llevar en el móvil el permiso de conducir y el permiso de circulación del vehículo. Dentro de España, estos documentos digitales tienen la misma validez legal que sus equivalentes físicos.
Además, cuando está disponible, la aplicación ofrece acceso a la ficha técnica electrónica y a diversa información relacionada con el vehículo. Antes de guardar documentos innecesarios en la guantera, es aconsejable comprobar cuáles están correctamente incorporados en la aplicación y confirmar que los datos se encuentran actualizados.
La póliza y el recibo del seguro no son obligatorios en el coche
Uno de los errores más frecuentes consiste en creer que es necesario llevar siempre una copia de la póliza del seguro o el último recibo pagado. Desde 2008, ninguno de estos dos documentos es obligatorio dentro del vehículo.
Sin embargo, el automóvil debe disponer necesariamente del seguro obligatorio correspondiente. No llevar el recibo no supone un incumplimiento documental, pero circular sin que el vehículo tenga el seguro obligatorio sí constituye un incumplimiento.
Las fotocopias normales no son válidas
Cuando se opta por llevar la documentación en papel, la DGT señala que deben presentarse los documentos originales o copias compulsadas. Una fotocopia convencional no tiene la misma validez, por lo que dejar los originales en casa y transportar únicamente una copia simple no equivale a disponer de la documentación exigida.
Para evitar trasladar los originales, es necesario contar con copias debidamente compulsadas o utilizar, siempre que sea posible, los documentos digitales disponibles en miDGT.
Qué ocurre al viajar fuera de España
La documentación digital solo es válida en territorio nacional
La validez legal de los documentos mostrados en miDGT se limita a la conducción dentro de España. Por ello, antes de viajar al extranjero en coche, no es recomendable depender exclusivamente del móvil. Es conveniente revisar con antelación qué documentación física exige el país de destino.
Permiso español y permiso internacional
El permiso de conducir español es válido en los países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo mientras permanezca vigente. Para conducir en otros países, en cambio, puede ser necesario obtener un permiso internacional. Comprobar estos requisitos antes de salir de España ayuda a prevenir problemas durante el viaje.

