El incumplimiento de las normas de circulación puede costarte: La importancia de llevar correctamente el distintivo de la ITV
La seguridad en las carreteras y el acatamiento de las leyes de circulación son de vital importancia para cualquier conductor. Uno de los aspectos que a menudo se pasa por alto, pero que puede resultar en una multa económica, es la correcta colocación del distintivo de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Según el Real Decreto 2822/1998, todos los vehículos que han superado la ITV tienen el deber de portar el distintivo correspondiente de manera visible. El anexo XI del Reglamento General de Vehículos aclara cómo y dónde debe estar ubicada esta pegatina en los automóviles.
La ubicación del distintivo y las posibles sanciones
Un error común entre los conductores es la colocación incorrecta de la pegatina de la ITV, lo que puede resultar en una multa de hasta 80 euros. Según la normativa, el lugar correcto para el distintivo es el parabrisas del vehículo. Más específicamente, el anexo XI del reglamento indica que «en el caso de los vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su parte interior».
Por esta razón, la pegatina de la ITV es autoadhesiva por la cara impresa, permitiendo su colocación desde el interior del vehículo, asegurando así su visibilidad desde el exterior. En el caso de otros vehículos, como las motocicletas, el distintivo de la ITV debe colocarse en un lugar que sea perfectamente visible.
El incumplimiento de estas normas puede llevar a sanciones, pero también puede haber tentaciones de falsificar el distintivo en caso de no haber superado la ITV. Sin embargo, esta acción está considerada como un delito de certificación falsa según una sentencia del Tribunal Supremo en julio de 2020.
La falsificación de la pegatina de la ITV y sus implicaciones legales
A pesar de las sentencias en contra, la Audiencia de Barcelona sostuvo que la pegatina de la ITV tiene la naturaleza de mero instrumento distintivo o marca facilitadora del control policial, por lo que el uso de las pegatinas legítimas por quien no esté autorizado para ello no está integrado en el concepto de documento, despacho o certificación a los que se refiere el artículo 400 bis del Código Penal.
La Audiencia barcelonesa concluyó que solo la ficha o la tarjeta ostenta el carácter de documento oficial, pero no su distintivo, por lo que creía que su colocación incorrecta era sancionable por vía administrativa y no penal. Sin embargo, el Supremo destacó que el proceso de certificación y control corresponde a la Administración pública, por lo que cualquier reproducción o manipulación de estos distintivos o la utilización no autorizada de los sellos legítimos se integra en la finalidad probatoria que se asigna al distintivo original y adquiere su pleno significado, por lo que se encuadra plenamente en el Código Penal.
Un caso que llevó a esta sentencia fue el de un propietario de un turismo que llevaba pegada en la luna delantera una pegatina de la ITV que tenía como fecha de validez septiembre de 2019 cuando el vehículo tenía caducada la inspección técnica desde el 5 de mayo del 2016. El Tribunal Supremo confirmó una condena de multa de 720 euros por delito de uso de certificado falso en este caso.
Por lo tanto, es crucial para los conductores entender y cumplir con las normas de circulación, incluyendo la correcta colocación del distintivo de la ITV, para evitar multas y posibles delitos.
