El pasado jueves, la Audiencia Provincial de Cantabria dictó una sentencia de condena hacia un hombre que había abusado sexualmente de su hija durante cinco años, desde que ella tenía nueve años hasta los catorce. La sentencia, que ha causado un gran impacto en la comunidad, ha condenado al hombre a quince años de prisión, además de prohibirle cualquier tipo de comunicación con su hija durante cinco años tras su salida de prisión.
La Sala de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria fue quien juzgó los hechos y consideró al hombre culpable de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal a una menor de dieciséis años. Además, se consideró que había un agravante debido a la relación de parentesco existente, lo que se conoce como prevalimiento.
Un caso de abuso con consecuencias devastadoras
Además de la condena de prisión, se le impuso al acusado el pago de una indemnización de 10.000 euros a su hija, debido al estrés postraumático que ella sufre como resultado de los abusos sufridos. Este tipo de trauma puede tener graves consecuencias en la salud física y mental, afectando a la capacidad de la víctima para llevar una vida normal y saludable.
Según se estableció en la sentencia, el acusado se aprovechó de su condición de progenitor para tener un acceso constante a su hija. La obligó a ver vídeos pornográficos mientras él se masturbaba en su presencia. Con el tiempo, los abusos fueron escalando hasta llegar a la penetración anal y vaginal.
El hombre amenazó a la niña para que guardara silencio sobre los abusos. Cuando la menor decidió contarle a su madre lo que estaba ocurriendo, esta no la creyó y la recriminó. Este hecho no solo incrementó el miedo de la niña a su padre, sino que también le hizo temer a su madre, lo que generó un ambiente de intimidación ambiental, un concepto que la jurisprudencia y la doctrina jurídica han establecido para situaciones de abuso en las que el entorno de la víctima contribuye a mantenerla en silencio.
Finalmente, la joven decidió contar lo ocurrido a sus amigos, su pareja y su tía, quien le confesó que ella también había sido víctima del acusado. Ambas decidieron denunciar los hechos, aunque en el caso de la tía, los delitos ya estaban prescritos.
En el juicio, otros familiares del acusado denunciaron también haber sido víctimas de sus abusos. Sin embargo, el hombre negó las acusaciones y culpó a una de sus cuñadas de haber «montado un culebrón». Por su parte, la joven mantuvo su versión de los hechos y afirmó: «Mi padre es un pederasta».
Impacto en la salud y el bienestar de las víctimas
Las consecuencias de este tipo de abusos para la salud y el bienestar de las víctimas son devastadoras. En este caso, se ha considerado probado que el acusado «hizo víctima a su hija» en una «progresión delictiva inexorable». La joven vivió en un ambiente de miedo constante, tanto por las amenazas de su padre como por el miedo a su madre, a quien había intentado contarle lo que estaba ocurriendo.
En cuanto a la calificación jurídica de los hechos, el tribunal consideró que no se trataba de un delito continuado de abuso sexual sino de agresión sexual. La diferencia radica en que en la agresión sexual existe intimidación, algo que se ha podido demostrar en este caso, ya que el miedo de la víctima fue en aumento a medida que el padre iba escalando en los abusos.
Durante el juicio, se practicaron pruebas testimoniales que corroboraron la versión de la joven. Además de su testimonio, también se escucharon los de dos tías suyas, hermanas de su madre, que habían convivido con el acusado y que relataron haber sufrido relaciones sexuales no consentidas con él.
Finalmente, el tribunal impuso la pena máxima al procesado, teniendo en cuenta la gravedad y la progresión de los hechos imputados, así como el hecho de que la mayoría de ellos se produjeron cuando la víctima era menor de 13 años.
