Continúa el procedimiento abreviado contra Rivera y Albarracín en el caso de ERE fraudulentos en Andalucía
La corrupción en España, especialmente en Andalucía, sigue siendo un problema muy grave. El caso de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) fraudulentos es un ejemplo de ello. En este caso, el Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla ha ordenado continuar con las diligencias previas en forma de procedimiento abreviado contra Daniel Alberto Rivera, exdirector general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, y Antonio Albarracín, exdirectivo de la mediadora Vitalia.
Estos dos individuos están acusados en una pieza del macrocaso de los ERE fraudulentos financiados con fondos autonómicos. Concretamente, se les acusa de estar involucrados en la concesión de más de un millón de euros en ayudas a la empresa cordobesa Graficromo y a la sociedad Taller de Libros.
En un auto fechado el 3 de junio, el juez instructor, José Ignacio Vilaplana, identifica presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental en relación a estos dos acusados.
El caso de otros tres investigados
Por otro lado, el juez ha decidido sobreseer provisionalmente la causa con respecto a otros tres investigados. Estos son Antonio Pérez Ramírez, exdelegado de Empleo de la Junta de Andalucía en Córdoba, y los exconsultores de Vitalia, Jesús Bordallo y Francisco José G.G. Según el magistrado, no existen «indicios sólidos» que permitan atribuirles una participación penal en los hechos.
El juez Vilaplana explica que Pérez Ramírez, en su calidad de delegado provincial, habría facilitado el contacto entre los trabajadores de Graficromo y el director general de Trabajo. Su objetivo era conseguir ayudas para resolver las problemáticas relaciones laborales de la empresa.
Sin embargo, el juez concluye que no existen «indicios sólidos» de que Pérez Ramírez haya tenido una intervención relevante en la decisión administrativa de otorgar las ayudas y en la salida irregular de dinero del erario público.
Condenados en otra causa
El juez también señala que no es posible continuar la causa contra el exconsejero de Empleo, Antonio Fernández; el exviceconsejero del mismo, Agustín Barberá; y los exdirectores generales de Trabajo, Juan Márquez y Francisco Javier Guerrero (ya fallecido). Todos ellos ya han sido juzgados y condenados por prevaricación y malversación en el caso de los ERE fraudulentos y las ayudas arbitrarias sin publicidad.
En el caso de Daniel Alberto Rivera, el juez indica que no se dan las mismas circunstancias que en el caso de sus predecesores en el cargo de director general de Trabajo. Su exclusión de esta causa, por los mismos motivos que se excluyó a Juan Márquez y a Francisco Javier Guerrero, no puede ser aceptada porque «Rivera no ha sido enjuiciado» en la causa del denominado procedimiento específico.
Según el juez, se deben aclarar las posibles responsabilidades penales de Rivera en cada una de las piezas incoadas para la investigación de las ayudas concretas en cuyo pago haya intervenido.
En el pasado, la abogada defensora de Rivera lamentaba que, tras su exclusión de la pieza principal del «procedimiento específico», Rivera se enfrenta a acusaciones en unas 50 piezas separadas. Estas corresponden a las ayudas financiadas con cargo a dicho mecanismo de financiación, con peticiones de pena de una media de seis años de cárcel. Esto suma a unas solicitudes de condena que llegan a unos 300 años de prisión.
«Evidentes indicios de criminalidad»
En este caso, el juez sostiene que existen «sólidos indicios» de que durante el mandato de Rivera como director general de Trabajo, se concedieron y realizaron, de manera injusta y arbitraria, diversos pagos de ayudas y subvenciones ilícitas. El juez afirma que los pagos de las citadas ayudas fraudulentas habrían sido ordenados por Rivera «con la conformidad de los responsables de la agencia IDEA». Según el juez, estos eran conscientes de la ilicitud del procedimiento de concesión de la ayuda y de la falta de justificación de su carácter excepcional.
Además, el juez sostiene que Rivera y los responsables de IDEA eran conscientes de la falta de fiscalización y control administrativo y de la absoluta falta de procedimiento para la concesión de las ayudas. No obstante, se dictaron tales oficios y resoluciones, aplicando los pagos a la partida presupuestaria 31-L.
