Miles de interinos se manifiestan para reclamar su estabilización, en una imagen de archivo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una nueva sentencia que apunta a irregularidades en la legislación española relativa a los interinos en fraude. El fallo, que reitera la doctrina europea, sugiere que la normativa española puede no cumplir con los estándares establecidos por la Unión. Esta situación podría desembocar en un aumento de litigios si el Gobierno español no decide tomar medidas para modificar la ley.

Las implicaciones de este fallo y a quién afecta exactamente están sujetas a interpretación y dependen de la fuente consultada. Sin embargo, hay un consenso en que el sistema de indemnizaciones vigente en España no se ajusta a la ley y requerirá cambios por parte del Gobierno. Una de las incógnitas es si la actual legislación española ofrece suficiente margen como para acoger la recomendación del TJUE de hacer indefinidos a los interinos en fraude.

Interrogantes sobre la aplicación de la sentencia

Existen varias preguntas en torno a cómo los juzgados de primera instancia españoles aplicarán la sentencia del TJUE. ¿Afectará a todos los empleados públicos o solo a una parte de ellos? ¿Qué sucederá con los procesos extraordinarios de estabilización en curso o ya finalizados en los que están participando decenas de miles de interinos? Las respuestas a estas preguntas aún no son claras y están sujetas a interpretación.

La sentencia del TJUE no es la primera en abordar el abuso de la figura de los interinos en la Administración pública española. Los magistrados europeos ya han recriminado a España en varias ocasiones por este abuso y por la falta de mecanismos de control y sanción. Sin embargo, esta es la primera vez que se pronuncian sobre la figura del funcionario de carrera desde que el Gobierno español aprobó una nueva normativa para tratar de adaptarse a los requisitos de la doctrina común en la UE.

El fallo del TJUE se centra en tres cuestiones principales. En primer lugar, concluye que la norma española no cumple con los acuerdos de la Unión, no protege del abuso a los interinos y tampoco tiene un mecanismo de sanciones para disuadir a la Administración.

En segundo lugar, el fallo aprueba los procesos de estabilización en curso y no cuestiona a aquellos interinos que han logrado consolidar su plaza a través de los mismos. Sin embargo, señala que estos procesos son una condición necesaria, pero no suficiente para combatir los abusos de la temporalidad.

En tercer lugar, el TJUE afirma que el sistema de indemnizaciones para aquellos que terminen su relación temporal con la Administración no se ajusta a la ley. Actualmente, los interinos que se presentan a los procesos extraordinarios para consolidar su plaza y no lo consiguen reciben una compensación de 20 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades.

La cantidad de personas afectadas por el fallo del TJUE está sujeta a interpretación, pero parece que serían miles. El criterio manifestado por el TJUE se extiende a toda la función pública.

La interpretación de si la sentencia del TJUE garantiza a los interinos en fraude la condición de indefinidos es un punto de discusión. Sin embargo, el Gobierno español ha optado por ignorar el fallo judicial y esperar a que el propio TJUE responda a las preguntas que le ha remitido el Tribunal Supremo.

El TJUE ha señalado que la conversión de interino a indefinido «puede constituir una sanción al abuso de temporalidad cuando no existe en el ordenamiento jurídico interno ningún otro mecanismo que se ajuste la normativa europea». Sin embargo, hay debate sobre si la ley española permite esta conversión a fijo.

Finalmente, la sentencia del TJUE avala los procesos iniciados desde 2021 por las diferentes administraciones para estabilizar a interinos. Sin embargo, considera que no son suficientes para evitar los abusos de temporalidad.

Los sindicatos CCOO y UGT opinan que los procesos en curso se ajustan a la ley y no deben detenerse. Por otro lado, el sindicato Csif es menos optimista y ha advertido que llevará a los tribunales a las administraciones que superen el 8% de temporalidad, que es el objetivo marcado en la ley para 2025.

Por Daniel