El pasado 1 de enero, Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) —una iniciativa del ayuntamiento puesta en marcha en enero de 2022— entró en vigor en el exterior de la M-30. Esto implica que los turismos sin etiqueta medioambiental (categoría A) —aquellos coches diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina previos al año 2000— que no estuviesen empadronados en la ciudad antes del 1 de enero de 2022 o que no se encontraran dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la capital tendrían el acceso y la circulación restringidos en toda la comunidad. Es importante destacar que los turismos de esta categoría representan el 2,3 por ciento de los tránsitos.
Desde aquel día, se estableció un periodo de aviso. Es decir, todos los vehículos que desde entonces han estado incumpliendo con la normativa han recibido una carta con las razones que explican el porqué de las restricciones de circulación. Hasta hoy, se han enviado más de 350.000 cartas informativas. Entonces el Ayuntamiento de Madrid advirtió que dicho periodo se extendería hasta el 30 de junio.
Inicio de las sanciones
A partir de las 00:00 horas del 1 de julio, se sancionarán como **infracción grave** a todos aquellos turismos que incumplan con dicho reglamento. La sanción será de 200 euros, 100 si el pago se realiza en un corto plazo de tiempo. Para controlar el exterior de la **M-30** e interceptar a los conductores que se salten la norma, se implementaron **alrededor de 500 cámaras de tráfico** —257 para el interior de la **M-30** y 207 para el exterior, además de 37 **semáforos foto-rojo** distribuidos por toda la ciudad—. Así, aquellos que quieran atravesar el término municipal podrán hacerlo utilizando las vías **M-40**, **M-45** y **M-50** y las autovías radiales hasta el límite de la **M-40**.
Esta norma no afecta a los **vehículos de mercancías** o **motocicletas sin el distintivo ambiental**, que podrán circular por la comunidad hasta el 31 de diciembre de 2024, excepto acceder a la **Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP)** —Distrito Centro y Plaza Elíptica—.
¿Y los turismos con etiqueta B y C?
Con todo, los turismos que presentan este tipo de distintivo medioambiental —que clasifica a los vehículos en función de su nivel de emisiones contaminantes— **B y C** pueden circular como hasta ahora, es decir, **sin restricciones**, con la condición de estacionar siempre dentro de un **parking regulado**. Recordar que aquellos que presentan **etiqueta B**, de color amarillo, deben cumplir con la normativa **Euro 3**, en el caso de los de gasolina y con las **Euro 4 y 5** en el caso de los diésel. Por otro lado, los turismos de gasolina que tienen la **C**, de color verde, deben cumplir con **Euro 4**, **5** y **6**, así como los diésel con **Euro 6**.
Puedes saber **cómo circular en Madrid según tu matrícula** en este enlace. Además, en este enlace podrás saber **cómo circular por Madrid desde el 1 de julio de 2024.**