La Prestación del Servicio Público de Empleo Estatal: Una Vía de Subsidio para los Desempleados Mayores de 52 Años
En el contexto actual de incertidumbre económica, las personas que han agotado su prestación o subsidio de desempleo y se encuentran entre los 52 años y la edad legal de jubilación, tienen una importante opción de subsistencia en una prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Este subsidio se puede cobrar de manera indefinida, siempre que se cumplan una serie de requisitos especificados en la página web del SEPE.
Requisitos para Acceder al Subsidio del SEPE
Los requisitos para acceder a este subsidio incluyen estar en desempleo y tener más de 52 años en la fecha en que se cumplen los requisitos para acceder al subsidio. Sin embargo, hay otros supuestos adicionales que se deben tener en cuenta. Por ejemplo, ser un emigrante retornado a España que ha trabajado en el extranjero durante al menos 12 meses en los últimos seis años, en países que no pertenecen a la Unión Europea (UE) o al Espacio Económico Europeo (EEE), y que no tenga derecho a una prestación contributiva por desempleo.
Además, las personas liberadas de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo, cuando la privación de libertad ha sido por más de 6 meses, también pueden acceder. Asimismo, aquellos que hayan sido declarados plenamente capaces o personas con incapacidad permanente parcial, como resultado de una revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual, también pueden beneficiarse.
Adicionalmente, estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días, es otro de los supuestos que permiten el acceso al subsidio.
Para las personas trabajadoras por cuenta ajena, no se podrá acceder al subsidio si el cese en el último trabajo fue voluntario. En este sentido, el aspirante debe estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que estaba percibiendo, o desde la fecha de la inscripción como demandante de empleo si se accede al subsidio por ser emigrante retornado, liberado de prisión o por revisión de la incapacidad. Durante este mes, no se debe rechazar ninguna oferta de colocación adecuada ni negarse a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
La Busqueda Activa de Empleo y las Rentas Propias
Además, se requiere estar en búsqueda activa de empleo, cumpliendo así el acuerdo de actividad incluido en la solicitud del subsidio. En este sentido, se debe carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que, en cómputo mensual, sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Este requisito debe mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
La cuantía de la prestación por desempleo para mayores de 52 años es de 480 euros al mes, lo que representa el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este subsidio proporciona un colchón económico para aquellos que, por diversas circunstancias, se encuentran en una situación de desempleo en una etapa de la vida en la que la inserción laboral puede ser más complicada.
En resumen, la prestación del SEPE para mayores de 52 años es una medida importante de protección social que ofrece una vía de subsistencia para aquellos que, habiendo agotado su prestación o subsidio de desempleo y estando en situación legal de desempleo, se encuentran en una posición de vulnerabilidad económica. Sin embargo, el acceso a este subsidio está condicionado a una serie de requisitos que deben cumplirse y mantenerse a lo largo de todo el periodo de su percepción.