El Tribunal Supremo (TS) ha llegado a una resolución en un caso de jurisdicción, determinando que el Juzgado número uno de Sanlúcar la Mayor es el competente para investigar una supuesta estafa que fue denunciada por una mujer. La mujer alega haber pagado 710 euros a través de la aplicación digital Bizum para alquilar una vivienda vacacional, pero nunca tuvo acceso a la propiedad y tampoco pudo recuperar el dinero que había desembolsado. Las primeras investigaciones sugieren que podría haber más víctimas de fraudes similares.
Según un auto emitido el 13 de diciembre por el Tribunal Supremo, un atestado emitido por la Comisaría de Elche del Cuerpo Nacional de Policía el 7 de diciembre de 2021, indica que una mujer residente en dicha localidad denunció que había contactado a través de Facebook con una mujer que estaba ofreciendo para alquiler una vivienda vacacional. La denunciante afirma haber hecho dos pagos a través de Bizum por un total de 710 euros, pero nunca pudo ocupar la vivienda y tampoco le devolvieron el dinero. La persona que presuntamente perpetró el fraude parece ser residente en Bollullos de la Mitación.
A raíz de esto, el Juzgado de Instrucción número dos de Elche inició una investigación preliminar, pero decidió posteriormente archivarla de manera provisional. Paralelamente, el Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla también comenzó a investigar los mismos hechos, pero decidió inhibirse a favor del Juzgado de Instrucción número dos de Elche. Este último, a su vez, decidió inhibirse a favor del Juzgado de Instrucción de Sanlúcar la Mayor, dado que la persona que se benefició de los pagos y otras personas implicadas en estafas similares residían en localidades que forman parte de esa jurisdicción.
Sin embargo, el Juzgado de Sanlúcar la Mayor no aceptó esta inhibición, alegando que el Juzgado de Elche fue el primero en tener conocimiento del caso. En respuesta, el Juzgado de Elche presentó una exposición razonada insistiendo en que la eficacia en la investigación se lograría atribuyendo la instrucción al juzgado del lugar donde residen los investigados.
Ante este escenario, el Tribunal Supremo expresa que este caso no es sencillo. Las investigaciones policiales posteriores han determinado que, además de la denunciante inicial, existen más víctimas de fraudes similares. Además, junto a la denunciada, aparecen otras tres personas como presuntos autores, todos ellos residentes en el partido judicial de Sanlúcar la Mayor.
Por lo tanto, el Tribunal Supremo concluye que lo más razonable sería seguir el criterio de la facilidad en la investigación o funcionalidad y atribuir la competencia al Juzgado de Sanlúcar la Mayor. Este es el lugar de residencia de la denunciada y donde se realizó el ingreso en la cuenta corriente, al realizarse el desplazamiento patrimonial mediante Bizum a la cuenta mencionada.
