Condenado a diez años de prisión un hombre por agredir sexualmente a su hijastra y a uno la madre por omisión

Condena de 10 años a hombre por delito de agresión sexual: un caso de abuso infantil que destaca la importancia de la salud mental y el bienestar

La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a un hombre a una sentencia de 10 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a una menor. Esta condena evidencia la gravedad de los casos de abuso infantil y la necesidad de proporcionar a las víctimas un espacio de seguridad y bienestar, garantizando su salud mental y su recuperación.

El hombre, de 33 años y de origen suramericano, fue acusado de realizar tocamientos y obligar a mantener relaciones sexuales a su hijastra desde que ésta tenía 6 años hasta los 11 en una localidad de la Comarca de Pamplona. Tras su pena de prisión, deberá cumplir una medida de libertad vigilada de 7 años y permanecer al menos a 300 metros de distancia de la víctima durante 18 años.

Además de la condena de prisión, el hombre deberá pagar una indemnización de 25.000 euros a la menor por el daño moral causado, tal y como informa el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Esta indemnización subraya la importancia de reconocer el impacto emocional y psicológico del abuso sexual en la salud y el bienestar de las víctimas.

Condena a la madre por omitir el abuso sexual

El caso también ha llevado a la condena de la esposa del hombre a 1 año de prisión y 5 años de libertad vigilada por un delito de abuso sexual por omisión. La madre, pese a que su hija le confesó que su padrastro le había realizado tocamientos, no tomó las medidas necesarias para evitar que estos hechos continuaran sucediendo, dejando a la niña en una situación de vulnerabilidad y riesgo para su bienestar.

El matrimonio tenía una hija en común nacida en 2019, y la madre tenía otra hija nacida en 2009. Cuando ésta tenía 6 años, el padrastro comenzó con los tocamientos, abusando de su confianza y aprovechando que su mujer estaba fuera de casa trabajando.

A partir de los 8 años, el hombre amenazó a la niña con pegarle con un cinturón para vencer su resistencia, lo que la sentencia considera una forma de violencia psicológica que agrava el delito de agresión sexual. En diciembre de 2022, se decretó el acogimiento de la víctima y su hermana por el Gobierno de Navarra, y la menor reveló los hechos a una educadora.

La madre, según el informe pericial, tiene una inteligencia límite, en el borde con el retraso mental leve, asociado a un cuadro de dependencia emocional. Este hecho afectó de forma moderada grave sus capacidades intelectuales y volitivas para los hechos objeto de enjuiciamiento. Por su parte, el padrastro presenta un retraso mental leve (55% grado de minusvalía psíquica) y trastornos de adaptación.

En la determinación de las penas, a los dos condenados se les ha aplicado la atenuante de anomalía psíquica. Este caso muestra la importancia de considerar la salud mental en la evaluación de los delitos y la necesidad de proporcionar a las víctimas y a los perpetradores la ayuda y el tratamiento necesarios para su rehabilitación y recuperación.