En un giro dramático en la investigación de una presunta revelación de secretos, el juez del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Francisco José Goyena, ha dirigido su atención al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Goyena ha redirigido la investigación al Tribunal Supremo, enviando una exposición razonada para que investiguen a García Ortiz por su papel en la filtración de datos reservados del novio de Isabel Díaz Ayuso. Dado que García Ortiz es aforado, el TSJM no tiene competencia para tomarle declaración por la supuesta revelación de secretos.
Este movimiento del TSJM se produce después de que el juez haya escuchado a investigados y testigos en esta causa abierta por presunta revelación de secretos. La última en declarar, el pasado 13 de junio, fue la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, quien aseguró que García Ortiz le dio una «orden directa» de difundir la nota de prensa con los datos reservados del novio de Isabel Díaz Ayuso. Estos datos contradecían informaciones sobre un supuesto pacto de conformidad propuesto por el abogado de Alberto González Amador para eludir una petición elevada de penas por delitos contra la Hacienda Pública.
Las Revelaciones de la Fiscalía
Tres días antes de la comparecencia de Lastra, el propio García Ortiz presentó un escrito en el Tribunal Superior de Justicia asumiendo la responsabilidad última sobre aquella nota de prensa. En el mismo, advirtió al instructor de que, si así se determinaba, la competencia para investigar si hubo un delito de revelación de secretos sería del Tribunal Supremo, dado que el fiscal general del Estado goza de aforamiento.
En el auto notificado este lunes, el instructor señala que la nota informativa de la Fiscalía Provincial de Madrid contiene un exhaustivo contenido de los hechos, datos y circunstancias relativos a las diligencias de investigación abiertas a González Amador. Entre ellos, se encuentran conversaciones internas entre el fiscal encargado del asunto y la defensa del querellante, que culminaron en la presentación de una denuncia por la Fiscalía y el ofrecimiento de un acuerdo.
El juez recuerda que las diligencias de investigación «están sujetas a reserva» y que «la difusión de dicha información, no se corresponde con la alegada finalidad» que apunta el Ministerio Fiscal (informar). Según el juez, la información divulgada excedió en su contenido a lo que aparece en la prensa y divulgó datos que no pueden ser revelados a terceros, perjudicando a un tercero e incluso a un interés colectivo. La justificación que se esgrime «podría haber tenido otro formato», que no vulnerara el deber de reserva que debía guardarse.
En su exposición al Supremo, el juez se hace eco de la nota informativa enviada desde la Fiscalía Provincial de Madrid. Para desmentir informaciones que hablaban del ofrecimiento de un pacto a González Amador por parte del fiscal del caso, se revelaron datos reservados. El juez señala que estos datos divulgados «formaban hasta ese momento parte de las actuaciones preprocesales que llevaba a cabo la Fiscalía dentro de sus competencias orgánicas, en trámite reservado desde hacía tiempo y pendientes todavía del desenlace procesal que pudiera tener la actividad investigadora del Ministerio fiscal».
El juez Goyanes argumenta que, en su opinión, sería «necesario» contrastar los testimonios de investigados y testigos con la versión de estos hechos que pudiera dar el fiscal general del Estado. En este punto, alude a la declaración institucional del pasado 15 de abril en la que el propio García Ortiz asumió la responsabilidad última de la difusión de la nota. Dicha declaración, argumenta, no puede ser asumida por él al ser García Ortiz aforado y cualquier diligencia adicional practicada a partir de ahora «podría causarle indefensión».
Por ello, sugiere que, si así se estima procedente, deberá ser el Tribunal Supremo quien continúe las actuaciones instructoras.
En cuanto al fiscal Julián Salto, el juez considera que las diligencias practicadas ponen de relieve «que su actuación en relación a la elaboración de la nota informativa de la Fiscalía Provincial de Madrid fue meramente instrumental». Según el juez, Salto simplemente se limitó a remitir a instancias de su superior, la fiscal jefa de la Provincial de Madrid, los datos y correos electrónicos del asunto que se dirigía contra Alberto González y que había intercambiado con su letrado defensor, lo que igualmente remitió a la fiscal superior del TSJM.
Respecto a la otra querellada, la fiscal-jefa provincial Pilar Rodríguez, su participación en los hechos «no ha quedado nítidamente establecida». Su participación, a juicio del instructor, no es pasiva, porque reconoció que se le envió el borrador de la nota informativa y era consciente de la preocupación que había en la Fiscalía General del Estado de salir al paso de un «bulo».
«La impresión que obtiene este instructor es que no dijo toda la verdad, bien por omisión, bien por indicar que no lo recordaba», afirma el juez. A su juicio, no deja de ser significativo que sus últimas manifestaciones fueran las de admitir que era la responsable de la difusión de la nota, «aunque lo intentara justificar con un alegato de lealtad institucional».
