El juez ordena procesar a cuatro exdirigentes de ETA por el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco

En una decisión histórica, el juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha acordado procesar a cuatro figuras prominentes de la desaparecida organización terrorista ETA. Se trata de una decisión que marca un hito en la lucha contra el terrorismo y en la búsqueda de justicia para las víctimas de la violencia política en España.

Los cuatro individuos en cuestión son José Javier Arizcuren Ruiz, alias ‘Kantauri’, Miguel Albisu Iriarte, apodado ‘Mikel Antza’, María Soledad Iparraguirre, conocida como ‘Anboto’, e Ignacio de Gracia Arregui, alias ‘Iñaki de Rentería’. Estos individuos fueron, a finales de los años 90 y principios del 2000, parte de la cúpula directiva de ETA, una organización que se dedicó a la violencia política durante décadas.

Estos cuatro individuos están acusados por el secuestro y asesinato en 1997 del concejal del PP en Ermua, Miguel Ángel Blanco. La decisión de procesarlos se tomó después de que el instructor del caso notificara el auto este jueves, elevando el asunto a la Sala de lo Penal para que los cuatro sean procesados por delitos de secuestro y asesinato terrorista con el agravante de alevosía.

Según la resolución, existen indicios suficientes de que estos individuos fueron autores mediatos por dominio de la acción. En términos legales, esto significa que tenían el poder tanto de impedir como de ordenar un secuestro que, por su naturaleza, fue un chantaje en toda regla al Estado.

Dentro de la estructura de ETA, los acusados estaban en una posición de poder. El auto describe a ETA como una organización «fuertemente jerarquizada», con un «régimen de férreo control y disciplina». Esto, junto con la evidencia recopilada por la Guardia Civil y la Policía Nacional, apunta a que estos individuos eran autores mediatos de los crímenes cometidos por sus subordinados.

La resolución también señala que los miembros de la cúpula de ETA tuvieron información exacta sobre las acciones delictivas que se llevaron a cabo. Asimismo, tenían la capacidad de intervenir para evitar las consecuencias de estas acciones, pero no hicieron nada para evitar el secuestro o la muerte de Miguel Ángel Blanco.

El auto también hace referencia a la autoridad mediata según el Tribunal Supremo en el caso de Tsunami Democràtic, que investigó a Carles Puigdemont, ex presidente de la Generalitat. Según esta resolución, no es necesario acreditar una orden directa de cometer un delito, ya que el control se ejerce a través del «control del curso causal».

En resumen, la resolución subraya el hecho de que en una organización delictiva, aquellos en posiciones de autoridad que pueden ordenar o evitar delitos pueden ser considerados autores mediatos. En este caso, esto incluye a Kantauri, Antza, Anboto e Iñaki de Rentería, quienes presuntamente estaban en posiciones de poder dentro de ETA durante su periodo de actividad.

La decisión del juez García Castellón de procesar a estos individuos es un paso significativo en la búsqueda de justicia para las víctimas de la violencia de ETA. Aunque la organización se disolvió en 2018, la huella de su violencia persiste, y la lucha por la justicia continúa.