Nuevo marco para la implantación de centros de datos
El Gobierno ha ultimado las reglas que regularán el despliegue de los centros de datos en España después de un intenso intercambio con el sector tecnológico. El Ministerio para la Transición Ecológica ya ha enviado al Consejo de Estado la versión definitiva del real decreto, cuyo borrador ha sido consultado por este medio.
El trámite ante el Consejo de Estado es el último requisito antes de que la norma llegue al Consejo de Ministros. El Ejecutivo prevé aprobarla antes de las elecciones del próximo 29 de noviembre.
Tras recibir más de 600 alegaciones y un informe crítico de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que advirtió de un posible freno a inversiones relevantes en plena expansión de la inteligencia artificial, el departamento encabezado por Sara Aagesen ha modificado el texto. Los cambios principales consisten en excluir a los centros medianos de las obligaciones más estrictas y conceder un periodo de adaptación a las grandes instalaciones, aunque estas podrán ser desconectadas sin coste si la seguridad de la red eléctrica se ve comprometida.
Las obligaciones más exigentes se limitan a los grandes operadores
Una de las modificaciones centrales afecta al umbral de potencia. La regulación deja de incluir a los proyectos a partir de 1 megavatio (MW) y eleva ese límite hasta los 10 MW.
Con esta decisión, las infraestructuras de proximidad que prestan servicio al 5G, la banca, la industria o la sanidad quedan liberadas de la obligación de adquirir parques de energía renovable. Las condiciones más severas se concentrarán así en los grandes complejos de computación y en las principales plataformas de nube, como Amazon Web Services, Microsoft y Google.
Moratoria de cinco años para la exigencia renovable
El texto definitivo también revisa el requisito de correlación horaria. La propuesta inicial obligaba a que el 80% de la electricidad consumida estuviera respaldado, hora a hora, por generación renovable producida en ese mismo momento, una condición que el sector consideraba técnicamente muy difícil de cumplir.
Ahora se plantean dos vías. Las compañías podrán cumplir el objetivo del 80% renovable en tiempo real desde el inicio o acogerse a una moratoria de cinco años. Durante ese periodo transitorio, deberán alcanzar un 60% de energía renovable en las horas punta hasta 2028 y un 70% desde 2029.
Red Eléctrica podrá ordenar la desconexión sin compensación
Las empresas que opten por el periodo transitorio deberán integrarse de forma obligatoria en el Sistema de Reducción Automática de Potencia (SRAP). Este mecanismo permitirá a Red Eléctrica enviar una señal en tiempo real para reducir a cero el consumo de los centros de datos si se produce una situación de tensión en la red de transporte.
La desconexión se aplicará sin retribución y estas instalaciones serán la primera tipología que se desconectará. Además, el corte no contará a efectos de calidad del suministro ni generará derecho a indemnización. Esta limitación para reclamar daños también se extiende a terceros, como clientes o instalaciones anexas conectadas al mismo punto de la red.
El decreto amplía asimismo de 18 a 36 meses el plazo para vincular los centros a nuevos parques renovables. También permite computar instalaciones fotovoltaicas sin límite de antigüedad y reduce de diez a seis años la duración mínima obligatoria de los contratos de compraventa de energía a largo plazo, conocidos como PPA.
Los operadores que incumplan las cuotas de renovables afrontarán recargos en los peajes y cargos eléctricos de entre el 100% y el 500%. Si las infracciones graves se mantienen durante cinco años consecutivos, el Estado retirará definitivamente los permisos de acceso y conexión a la red.
Seis meses para renunciar a proyectos sin perder los avales
La norma incorpora una salida para los promotores que decidan abandonar sus proyectos. Quienes tengan solicitudes en tramitación o permisos concedidos, pero todavía no estén conectados a la red, podrán renunciar a sus derechos en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del real decreto.
En esos casos, la Administración no ejecutará las garantías económicas depositadas, por lo que los promotores podrán recuperar íntegramente sus avales.
Exigencias de soberanía digital y transparencia ambiental
El texto prohíbe que los centros de datos traten, almacenen o transfieran fuera del Espacio Económico Europeo información sensible de sistemas públicos clasificados con nivel «Alto» en el Esquema Nacional de Seguridad.
Además, será obligatorio auditar y conservar durante cinco años el registro de cualquier intervención remota realizada desde terceros países. Por otra parte, todas las instalaciones que superen los 500 kilovatios de potencia informática deberán publicar cada año sus consumos de agua y energía.
Esta obligación de transparencia se aplicará con independencia de que el umbral para las exigencias renovables se haya elevado a 10 MW. La industria acumula ya más de 12 gigavatios en permisos concedidos en España.
Régimen específico para gigafactorías de inteligencia artificial
El decreto incorpora un marco particular para las futuras gigafactorías de inteligencia artificial y para los proyectos de supercomputación bajo control europeo. Se trata de iniciativas vinculadas al objetivo de soberanía tecnológica de Bruselas, entre las que el texto menciona expresamente las candidaturas presentadas por el Gobierno español.
Para estos proyectos estratégicos, el Ministerio para la Transición Ecológica elimina la posibilidad de una desconexión forzosa, flexibiliza de forma significativa los límites de consumo de agua, concede hasta cinco años para contratar energía renovable y deja sin efecto la correlación horaria estricta. En su lugar, su consumo se vinculará al promedio de generación limpia del país.

