La pensión por jubilación no contributiva es una ayuda económica ofrecida a personas, sean de nacionalidad española o extranjeros con residencia legal, que no pueden acceder al sistema contributivo de pensiones y no poseen recursos económicos suficientes. Esta pensión es una prestación económica individualizada, pagada periódicamente, con un importe mínimo de 121,15 euros y un máximo de 484,61 euros durante 14 mensualidades al año.

Para optar a esta pensión, se deben cumplir ciertos requisitos generales. En primer lugar, se debe tener 65 años cumplidos en el momento de presentar la solicitud. En segundo lugar, el solicitante debe residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 10 años entre la edad de 16 años y la edad de meritación de la pensión. De estos 10 años, 2 deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.

En tercer lugar, se deben respetar los límites de ingresos establecidos. El solicitante no puede disponer de ingresos iguales o superiores al importe anual (6.784,54 euros) de la pensión no contributiva. Las personas con las que conviva la persona solicitante y estén unidas por un vínculo de matrimonio o por vínculos de consanguinidad hasta el segundo grado (padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos) tampoco pueden superar el límite de recursos establecidos. Se considera ingreso cualquier entrada de dinero de rentas de trabajo, de capital, de bienes inmuebles, de prestaciones o pensiones, entre otros.

La solicitud de esta ayuda se puede realizar en cualquier momento y, en principio, no se requiere ningún documento para pedirla. Los requisitos necesarios para percibir esta prestación se comprueban mediante la información disponible en las diferentes Administraciones Públicas y accesibles a través de los servicios y consultas de interoperabilidad existentes. Sin embargo, si se necesita algún tipo de información adicional, ésta será solicitada mediante un requerimiento.

Para solicitar la ayuda de manera presencial, se debe acudir a una oficina de atención ciudadana, preferiblemente con cita previa. Allí, se debe aportar y acreditar información relevante como la identificación del solicitante, períodos de residencia en España, dirección de correo electrónico, datos bancarios, información sobre prestaciones del extranjero, convenio de divorcio o separación, actividad laboral y prestaciones de desempleo.

Para solicitar la ayuda por internet, se debe disponer de un certificado digital válido o IdCat Móvil y del navegador Chrome (versión 60 o superior). A través de la plataforma, se accede al formulario electrónico de solicitud, se rellena siguiendo las indicaciones proporcionadas, se firma electrónicamente y se envía automáticamente. Es importante leer detenidamente todas las comunicaciones del Departamento a la persona solicitante.

Por último, es importante tener en cuenta que esta prestación es incompatible con el Fondo de Asistencia Social (FAS) por vejez o por enfermedad, con el subsidio de garantía de ingresos mínimos, con el subsidio de asistencia de tercera persona de la LISMI y con la condición de causante de la prestación económica por niño a cargo de la Seguridad Social.