El Consejo de Ministros aprueba la reforma del subsidio de desempleo: Cambios y novedades
El Consejo de Ministros ha dado luz verde a una reforma crucial en el ámbito laboral. La reforma del paro, realizada a través de un Real Decreto-ley, trae consigo una serie de cambios significativos en el subsidio asistencial por desempleo. Este movimiento se enmarca como un hito asociado al cuarto pago de los fondos europeos, dando cumplimiento a uno de los compromisos clave de la administración.
La reforma incorpora novedades respecto al texto anterior en lo que se refiere al régimen de compatibilidades de la prestación contributiva con un puesto de trabajo, permitiendo un mayor margen de flexibilidad para los beneficiarios.
En esta nueva normativa, la prestación contributiva de desempleo se podrá compatibilizar con un empleo por cuenta ajena cuyo salario bruto mensual no supere el 375% del Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), es decir, 2.250 euros al mes con el Iprem actual. Esta cifra supone un aumento considerable respecto al texto anterior, donde se establecía una compatibilidad con un sueldo de hasta 1.350 euros mensuales (225% del Iprem).
Compatibilidad con un salario y simplificación de trámites
Esta reforma también abre la puerta a la compatibilidad del subsidio por desempleo con un salario a través de lo que se denomina ‘complemento de apoyo al empleo’. Este complemento puede prolongarse durante un periodo máximo de 180 días, ofreciendo una mayor holgura a los beneficiarios.
Además, se introduce una medida adicional que facilitará la situación de muchos desempleados: el subsidio será compatible con la percepción de una beca, según ha afirmado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.
El nuevo régimen de compatibilidades vendrá acompañado de mecanismos de control para evitar el fraude. Esto se llevará a cabo a través de la firma de un convenio de colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Inspección de Trabajo para determinar los supuestos de compatibilidad de prestaciones por desempleo y trabajo por cuenta ajena que deban ser objeto de actuaciones inspectoras.
La reforma, acordada con CCOO y UGT, contempla un aumento por tramos de la cuantía de esta ayuda, que actualmente se sitúa en 480 euros al mes (80% del Iprem). Además, amplía el colectivo de beneficiarios y simplifica los trámites administrativos para acceder al subsidio, eliminando el mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio. Así, la ayuda podrá cobrarse desde el primer día.
Se mantendrá en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años. Con esta decisión, se allana el camino para que la reforma reciba el visto bueno en el Parlamento.
Mejoras por tramos y nuevos beneficiarios
La mejora de las cuantías de los subsidios se materializa durante los primeros 12 meses de percepción, estableciendo tres tramos: el subsidio será del 95% del Iprem durante los primeros seis meses de cobro (570 euros mensuales con el Iprem actual); del 90% durante los siguientes seis meses (540 euros) y del actual 80% durante el resto de la duración de la prestación (480 euros).
Las nuevas medidas amplían el rango de beneficiarios del subsidio, permitiendo ahora el acceso a personas víctimas de violencia de género o sexual desde los 16 años, así como emigrantes retornados, menores de 45 años sin cargas familiares y trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado.
Además, se facilita el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas para las personas que acceden al subsidio, permitiendo el acceso tanto por insuficiencia de rentas personales como de la unidad familiar, alternativamente. Se ampliará la cobertura al permitir el acceso de las parejas de hecho a la unidad familiar.
La reforma también establece un mecanismo de reserva de políticas activas de empleo para mayores de 52 años para destinar una parte de los fondos de empleo a este colectivo, del orden de unos 600 millones de euros. Asimismo, la prestación se coordinará con un itinerario personalizado de activación para el empleo mediante la suscripción de un acuerdo de actividad con los Servicios Públicos de Empleo, estableciéndose como prioritario el colectivo de parados de larga duración para los programas y acciones de inserción laboral.
