En un giro reciente de los eventos, la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una orden de inadmisión a trámite de la querella planteada por la cadena hotelera Riu Hotels and Resorts. La querella fue presentada contra altos cargos del Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico en relación a supuestas «conductas ilícitas» que, según Riu Hotels and Resorts, perjudicaron a la cadena hotelera durante la tramitación de los expedientes de concesión de obras y otras autorizaciones administrativas de dos hoteles en Fuerteventura, el Riu Oliva Beach y el Riu Palace Tres Islas.
La Audiencia Provincial de Madrid, sin embargo, considera que no procede la investigación, ya que se basa en «meras sospechas carentes de seriedad» y resulta «prospectiva». La querella fue presentada por Riu Hotels and Resorts contra Ana Oñoro, Directora General de la Costa y el Mar, Ainhoa Puyol, Subdirectora General de Dominio Público Marítimo-Terrestre, y Jacobo Martín, Secretario General Técnico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Riu Hotels and Resorts acusó a los mencionados cargos públicos de actuar de «mala fe» y de emplear «supuestas conductas ilícitas para perjudicarla injustamente». La querella fue inicialmente admitida por el Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid.
La sala, sin embargo, establece que no procede la tramitación de la «acción legal interesada», ya que supondría «una investigación prospectiva; fuera de nuestro ordenamiento jurídico». Los magistrados argumentan que, de admitirse la querella, se estaría ante una investigación prospectiva, que permitiría «indagar en la vida y obra de un cargo público» y posteriormente imputarle unos hechos concretos a partir de lo averiguado.
La resolución también sostiene que la querella sería prospectiva cuando, a pesar de circunscribir la investigación a unos hechos concretos de su actividad que formalmente serían constitutivos de una infracción penal concreta, la misma se desarrolla en base a meras sospechas carentes de seriedad.
Los magistrados concluyen que los «actos administrativos no favorables a los intereses mercantiles de los querellantes (por parte de los cargos públicos) no presentan apariencia delictiva» y emplazan a Riu Hotels and Resorts a seguir la vía jurisdiccional contencioso-administrativa para «verificar la regularidad o no del proceder de los querellados».
Esta resolución, que resuelve el recurso de apelación formulado por la Abogacía del Estado contra el auto de admisión a trámite de la querella por parte del Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid y el posterior recurso de reforma, es firme y determina el fin del procedimiento.
Esta misma semana, el ministerio declaró la caducidad de la concesión del dominio público para el Oliva Beach, lo que supone de facto la orden de derribo del establecimiento, que había obtenido el año pasado permiso del Gobierno de Canarias para llevar a cabo obras de renovación.
La decisión ha avivado el enfrentamiento entre los ejecutivos central y autonómico sobre la transferencia de las competencias en Costas. Mientras Madrid defiende mantener parte de la potestad – como en Cataluña, Andalucía y Baleares -, el Ejecutivo isleño se ampara en el Estatuto de Autonomía de Canarias, que contempla la transferencia de poderes sobre el litoral y la franja costera sin hacer puntualizaciones.
Mientras este debate sigue su rumbo hacia el Tribunal Constitucional en forma de conflicto de competencias, las organizaciones ecologistas celebran la decisión del ministerio de ordenar el derribo de la edificación hotelera. En su opinión, se ha hecho primar el interés general sobre el particular de una empresa.

