Acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos para reformar el subsidio por desempleo

El Gobierno español ha acordado una reforma de la protección al desempleo con los sindicatos. Este cambio en la política de empleo, prometido a la Unión Europea, tiene como objetivo simplificar y expandir la cobertura de las ayudas para aquellos que están desempleados y han agotado sus prestaciones contributivas. Se espera que esta reforma aumente las cantidades de las ayudas y permita agregar hasta 400.000 nuevos beneficiarios al sistema de protección del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que actualmente cubre a más de 800.000 personas. Los principales beneficiarios serán los menores de 45 años sin responsabilidades familiares y los trabajadores temporales del campo. La reforma también eliminará obstáculos burocráticos para acceder a estas ayudas. Sin embargo, la reforma aún debe ser aprobada por el Congreso.

Un subsidio de desempleo es una ayuda financiera que el SEPE otorga a las personas que están desempleadas y no tienen derecho a una prestación contributiva. Este tipo de ayuda es un derecho asistencial, que no depende de las cotizaciones previas de una persona, sino que se otorga por su condición de ciudadano.

Antes de la reforma, había cuatro tipos de subsidios: subsidio por desempleo, subsidio para mayores de 52 años, Renta Activa de Inserción (RAI) y subsidio agrario. El subsidio por desempleo se concede a las personas que han agotado su prestación contributiva pero aún no han encontrado un nuevo empleo, o a aquellas que no cotizaron suficiente tiempo en su último trabajo para tener derecho a la prestación por desempleo. El subsidio para mayores de 52 años es similar al subsidio por desempleo, pero sólo está disponible para las personas de esta franja de edad. La RAI es una ayuda para las personas que han agotado su prestación contributiva y no tienen derecho a un subsidio. El subsidio agrario es una ayuda para los trabajadores temporales del campo que residen en Andalucía o Extremadura.

La reforma reclasifica los subsidios en cuatro categorías: el subsidio ordinario por agotamiento, el subsidio ordinario por insuficiencia, el subsidio para mayores de 52 años y el subsidio agrario. Los detalles específicos de cada subsidio varían, pero en general, la reforma amplía la cobertura a más personas y aumenta la duración y la cantidad de las ayudas.

Una de las principales novedades de la reforma es la inclusión de menores de 45 años y temporeros del campo que no viven en Andalucía o Extremadura. Ahora, los menores de 45 años sin responsabilidades familiares podrán solicitar el subsidio por desempleo, siempre que hayan agotado previamente una prestación contributiva de 360 días de duración. También podrán solicitar el subsidio aquellos que hayan cotizado menos de seis meses, aunque no tengan responsabilidades familiares.

Otra novedad es que se elimina el mes de espera para cobrar cualquier subsidio. Ahora, la persona desempleada podrá recibir el subsidio desde el mismo mes en que se le reconozca el derecho. Los retrasos en los pagos pueden deberse a problemas con las citas previas o si el reconocimiento del derecho se produce a finales de mes, en cuyo caso el SEPE pagaría en el siguiente mes, pero siempre abonando los atrasos reconocidos.

La reforma también introduce la posibilidad de compatibilizar el cobro de la prestación contributiva y los subsidios asistenciales con un salario, si el desempleado encuentra trabajo. Esta medida tiene como objetivo reducir el temor de los beneficiarios a aceptar una oferta de trabajo, ya que si ésta no prospera o es un trabajo temporal de corta duración, el desempleado pierde el subsidio y el salario le dura poco.

La reforma está pendiente de ser recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y debe pasar por el Consejo de Ministros y el Congreso. Se espera que parte de la reforma entre en vigor en noviembre de este año y parte en abril de 2025.

Por Daniel