Portero de colegio condenado a dos años de prisión por grabar a dos profesoras en los baños
Un portero de un colegio público en Córdoba ha sido condenado a dos años de prisión por dos delitos contra la intimidad. Los delitos, cada uno de ellos siendo penado con un año de privación de libertad, fueron cometidos mediante la grabación con una cámara oculta de dos profesoras en diferentes baños del centro educativo mientras realizaban sus necesidades fisiológicas.
Las grabaciones fueron llevadas a cabo en días consecutivos, lo que constituye una violación grave de la privacidad y la intimidad personal. La condena incluye la atenuante de reparación del daño causado.
Además de la condena de prisión, el portero también ha sido inhabilitado del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y se le ha impuesto una multa de 12 meses a razón de 6 euros al día.
Indemnizaciones y acuerdos
Además de las penas de prisión y las multas, el portero también ha sido condenado a indemnizar a las víctimas con un total de 17.560 euros. Uno de las profesoras recibirá 13.560 euros, de los cuales 7.560 euros corresponden a las lesiones sufridas y los restantes 6.000 euros por el daño moral causado. La otra profesora recibirá una indemnización de 4.000 euros por el daño moral causado.
La resolución, obtenida por ABC, indica que el portero aceptó de conformidad el acuerdo de las partes por su conducta delictiva. Sin embargo, no tendrá que entrar en prisión de momento, ya que la condena ha sido suspendida, a menos que vuelva a cometer un delito en los próximos dos años o no indemnice a las víctimas por su responsabilidad civil.
Detalles del caso
La sentencia detalla que el portero colocó una mini cámara de vídeo grabación en el aseo exclusivo de profesoras el 22 de febrero de 2021, con la que grabó a una profesora, que también era secretaria del centro, sentada en el sanitario haciendo sus necesidades fisiológicas.
Después de hacer esta grabación, trasladó la cámara a otro aseo y grabó a otra profesora en situaciones similares. Al día siguiente, el 23 de febrero de 2021, repitió la misma acción, grabando a las dos profesoras en diferentes aseos del colegio.
Fue la segunda profesora la que descubrió la cámara el 23 de febrero de 2021. Como resultado de estos hechos, la primera profesora ha sufrido un trastorno adaptativo con sintomatología ansiosa predominante que ha requerido tratamiento durante más de 126 días, aunque sin secuelas.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Córdoba condenó al portero como autor de dos delitos contra la intimidad, concurriendo la circunstancia atenuante de reparación del daño. Por cada delito, le impuso una pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la pena de 12 meses de multa a razón de 6 euros diarios.
La sentencia continúa que en concepto de responsabilidad civil, el condenado indemnizará a la primera profesora con la cantidad de 7.560 euros por las lesiones sufridas por esta y en la cantidad de 6.000 euros por el daño moral sufrido. Asimismo, indemnizará a la otra profesora por la cantidad de 4.000 euros por el daño moral sufrido.
Finalmente, el juzgado concedió el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta, condicionado a que no delinca en el plazo de dos años y a que haga frente al pago íntegro de la responsabilidad civil, de la que ya había depositado un total de 13.560 euros.
