El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirma sanción a funcionaria por entrar en la celda de un interno
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sanción impuesta a una **funcionaria de prisiones** que, en agosto de 2021, fue sorprendida dentro de la celda de un interno en la cárcel de **Pereiro de Aguiar**, en Orense. La mujer permaneció allí durante media hora y salió descalza, con los zapatos en la mano y ajustándose el uniforme. Este incidente, captado por las cámaras de seguridad del centro penitenciario, ha llevado a la **Sala de lo Contencioso del TSXG** a desestimar el recurso presentado por la funcionaria, aunque todavía puede recurrir ante el Supremo.
La trabajadora, funcionaria de carrera del cuerpo de ayudantes de **Instituciones Penitenciarias** desde 2008, había sido trasladada en 2017 al centro penitenciario orensano en comisión de servicio. Originalmente, tenía plaza en la cárcel de Lanzarote, pero se mudó a Galicia tras la condena por violencia de género de su expareja, quien también había sido interno en el centro de Lanzarote, donde ella trabajaba.
Detalles del Incidente en la Noche del 7 al 8 de Agosto de 2021
La noche del 7 al 8 de agosto de 2021, la funcionaria era la única de guardia en el módulo 2 de la prisión de Pereiro de Aguiar. Según el informe del director del centro penitenciario, la funcionaria accedió a la segunda planta del departamento, abrió la celda del interno y permaneció allí unos 30 minutos. Las cámaras de videovigilancia registraron cómo salía descalza, con los zapatos en la mano y ajustándose la camisa del uniforme. No había motivos que justificasen esta acción, y no contaba con la autorización del **jefe de servicio**.
El informe, presentado a finales de agosto de 2021, llevó a la suspensión provisional de la funcionaria de sus funciones. En junio del año siguiente, el Ministerio del Interior la suspendió definitivamente por tres meses, calificando su conducta como una falta grave de disciplina.
**Recurso de la Defensa de la Funcionaria**
La defensa de la funcionaria alegó que la sanción vulneraba sus **derechos fundamentales** y garantías procesales. Argumentaron que la entrada en la celda no demostraba necesariamente que hubiera mantenido relaciones con el interno. Sin embargo, estos argumentos no convencieron al TSXG. Tanto el interno como la funcionaria reconocieron que ella había entrado en la celda y permanecido allí durante media hora, lo cual fue corroborado por las cámaras de videovigilancia del módulo.
Un informe de la Subdelegación General de Análisis e Inspección Penitenciaria detalló cómo la funcionaria abandonó su cabina a las 00:30 horas, subió a la segunda planta, se adentró en la galería derecha, y salió después de media hora con los zapatos en la mano. A las 6:20 horas, la mujer volvió a subir y se detuvo en la misma galería, iluminando la puerta de una celda, permaneciendo allí durante un minuto antes de regresar a la cabina a las 6:40.
**Decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia**
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia consideró que estos hechos eran suficientes para acreditar que la funcionaria había cometido una falta grave al vulnerar el régimen disciplinario. La sanción se basaba en que la mujer había abandonado su puesto sin autorización y se había colado en la celda sin permiso ni justificación. El tribunal señaló que las alegaciones de la defensa no pasaban de ser genéricas y confirmó que en todo momento se habían respetado los **derechos procesales** de la funcionaria.
No hubo vulneración de la presunción de inocencia ni de ninguna de las garantías formales del proceso. Además, el tribunal desestimó la alegación de que el director de la prisión había vulnerado la Ley de Protección de Datos al incluir en su informe el motivo por el cual la funcionaria trabajaba en Pereiro de Aguiar en lugar de en Lanzarote, ya que se trataba de una comunicación interna a un órgano oficial.
Más información en el sitio web del Consejo General del Poder Judicial.