¿Es Legal Llamar a los Trabajadores de Baja Médica? El Tribunal Superior de Justicia de Galicia Piensa Que Sí
Las empresas tienen el derecho de llamar a sus trabajadores en baja médica para preguntarles por su estado, según una sentencia reciente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG). Esta decisión judicial sostiene que tal contacto telefónico con una persona en incapacidad temporal no infringe el derecho a la intimidad ni el derecho a la desconexión digital. Sin embargo, esta sentencia ha generado controversia en la comunidad jurídica, ya que algunos argumentan que la sola recepción de la llamada, independientemente de si el trabajador contesta o no, podría constituir una invasión de la intimidad y ser contraproducente para la recuperación médica del empleado.
Anteriormente, era el trabajador quien se encargaba de comunicar a su empresa que había obtenido una baja médica y de enviar el parte correspondiente. Sin embargo, desde abril de 2023, es la Seguridad Social la que se encarga directamente de esta gestión, reduciendo así la interacción entre la empresa y el empleado en lo concerniente a la salud laboral. Este es un terreno delicado en el que determinadas acciones de un superior pueden invadir la intimidad del subordinado o coaccionarlo, directa o indirectamente, para acelerar su reincorporación.
Un Caso de Referencia: La Empresa Bosch
El caso en cuestión se refiere a Bosch, una empresa especializada en la fabricación de componentes para otras empresas de automoción e industrias. En respuesta a los crecientes niveles de absentismo, Bosch estableció un protocolo para controlar su evolución, que incluía que el coordinador de cada equipo de trabajo llamara a los miembros ausentes.
Según la sentencia, la llamada tiene como objetivo preguntar por el estado de salud del empleado y no para coaccionarlo o pedirle que se reincorpore, ni siquiera para conocer el motivo de su ausencia. Una de las metas oficiales es determinar si la baja está relacionada con el trabajo. La primera llamada se realiza a los cinco días de la ausencia y las siguientes «en función de la primera conversación». Si el trabajador solicita no recibir más llamadas, la empresa se abstiene de hacerlo.
Los magistrados gallegos concluyen que, siempre que se cumplan todas estas condiciones, la práctica no incurre en ninguna ilegalidad. No se viola el derecho a la desconexión digital ya que el trabajador no está obligado a estar conectado al software de la empresa ni a responder mensajes de WhatsApp, correos electrónicos, videollamadas o cualquier otra forma de comunicación digital relacionada con su trabajo.
Además, no se vulnera el derecho a la intimidad ya que las llamadas son cordiales y se centran en preguntar al trabajador cómo se encuentra y si necesita algo. En caso de que el trabajador no conteste la primera llamada, no se insiste y no se le vuelve a llamar. El objetivo del protocolo de seguimiento de bajas es «crear un buen ambiente laboral entre compañeros de trabajo», según los magistrados.
Un Criterio Polémico
El criterio expresado por el TSJG ha generado polémica. Algunas fuentes jurídicas sugieren que otros Tribunales Superiores de Justicia podrían discrepar en casos similares, y que será el Tribunal Supremo quien deberá unificar la doctrina.
Jordi Juan Monreal, abogado del Col·lectiu Ronda, critica que la sentencia asuma que las llamadas de la empresa no tienen un interés concreto más allá de preguntar por el estado del trabajador. «No les llama su abuela ni su hermano, les está llamando una persona vinculada a la empresa que tiene un interés de parte en el proceso de incapacidad temporal del trabajador. Que es que este trabajador se reincorpore cuanto antes mejor. No es un gesto altruista», argumenta Monreal.
Monreal advierte que el mero hecho de recibir una llamada, independientemente de si el trabajador la responda o no, ya puede ser interpretada como una coacción, especialmente si la empresa desconoce el motivo de la baja. «¿Qué pasa si el trabajador está de baja por haber sufrido acoso laboral o por otro conflicto dentro de la empresa? Podría ser contraproducente para su recuperación», agrega.