El Tribunal Supremo mantiene la reducción de la condena de un hombre por violar a su hija dos veces en Mallorca
El Tribunal Supremo de España ha mantenido la reducción de dos años en la condena de un hombre que violó a su hija en dos ocasiones y la amenazó a ella y a su hermano con tirarlos por un barranco en Mallorca. Esta decisión se ha tomado en aplicación de la conocida como ‘Ley del sólo sí es sí’, que ha generado un gran debate en el país.
La Audiencia Provincial de Mallorca había aplicado la rebaja de pena, considerando que con la nueva ley, cada delito de agresión sexual debía tener una pena de 13 años en lugar de 14. A pesar de que la Fiscalía recurrió la decisión, la condena aplicada por la misma Audiencia en 2013 ha pasado de 28 a 26 años. La indemnización, fijada en 100.000 euros, se mantiene.
Los detalles de los atroces crímenes
Los hechos ocurrieron en 2009, cuando el acusado vivía con sus tres hijos después de separarse de su mujer. El hijo mayor se independizó en cuanto cumplió la mayoría de edad y el hombre pasó a residir con los otros dos a quienes, según la sentencia, maltrataba a diario: les daba patadas, puñetazos y tirones de pelo e incluso les hizo dormir en la calle alguna noche.
En una ocasión, después de una discusión con su hija de 13 años, el acusado la castigó obligándola a mantener relaciones sexuales con él. Cuando ella se negó, el padre lanzó un gran cuchillo contra la pared y amenazó a la niña y su hermano con tirarlos por un barranco si la joven no accedía a sus demandas. El hombre los obligó a subirse a un coche y condujo presuntamente en dirección a un acantilado hasta que la niña, asustada, aceptó acostarse con su padre porque tenía miedo y no sabía nadar.
El hombre regresó al domicilio, le dijo al chico que durmiera en el salón y violó a la niña en el dormitorio. Estos hechos, con las mismas amenazas, se repitieron otro día del mismo mes.
Poco después, la niña acudió a la Policía Local para presentar una denuncia e inmediatamente se retiró al padre la tutela de los menores.
Las repercusiones legales de los hechos
El fallo del Supremo rechaza modificar la rebaja aplicada por la Audiencia con la Ley de 2022 debido a que, a diferencia de la Ley de 1995, la del ‘Sólo sí es sí’ no contiene una disposición transitoria que limite o module los casos de posible revisión de condenas.
Según explican los magistrados, esta circunstancia no se puede subsanar mediante la exposición de motivos de la nueva Ley porque «carece de fuerza normativa». «Supone exclusivamente una exposición del contenido de la Ley que carece de contenido normativo alguno, pudiendo servir únicamente para ilustrar sobre cuál ha sido la intención del legislador», recuerdan.
Este caso ha llegado a la atención del público en un momento en el que se está debatiendo la reforma de la ley del consentimiento sexual en España. La ‘Ley del sólo sí es sí’ ha sido objeto de críticas por parte de aquellos que consideran que puede resultar confusa y potencialmente perjudicial para las víctimas de agresión sexual. Sin embargo, sus defensores argumentan que es necesaria para proteger a las víctimas y garantizar que los agresores sean llevados ante la justicia.
