Ángel Ron, ex-presidente del Banco Popular, enfrenta juicio por presunta estafa y falsedad contable
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha reafirmado que Ángel Ron, el ex-presidente del Banco Popular, debe ser llevado a juicio por los presuntos delitos de estafa a inversores y falsedad contable. Estos delitos supuestamente fueron cometidos durante la ampliación de capital de la entidad en el año 2016, un año anterior a la resolución de la entidad financiera.
En un auto recogido por la agencia de noticias EP, los magistrados de la Sección Cuarta descartaron el recurso que Ron presentó en contra de la decisión del juez José Luis Calama. El juez Calama había recomendado enjuiciar a Ron, una decisión que fue tomada en marzo. El juez aseguró que los inversores fueron «engañados» durante el periodo de ampliación de capital del banco.
Directivos del Banco Popular procesados
Fue a principios de marzo cuando el juez decidió procesar a trece directivos del Banco Popular, incluyendo a Ron y a su vicepresidente, Roberto Higuera. Asimismo, la consultora PriceWaterhouseCoopers (PwC) también fue procesada por los mismos delitos de estafa a inversores y falsedad contable durante la ampliación de capital de 2016.
La defensa de Ron apeló a esta decisión, asegurando que la investigación había demostrado «la ausencia de todo indicio de actuación delictiva» en su gestión. Según la defensa, la acusación del juez se basó en ignorar «la abundante prueba de descargo», especialmente la prueba de peritos, incluso de los judiciales, que fue elaborada por funcionarios del Banco de España.
Además, la defensa de Ron expresó su descontento con el hecho de que el juez adoptara «exclusivamente criterios retrospectivos, oportunistas y conniventes con la inercia de un procedimiento». El recurso también criticó que se ignoraran los indicios y evidencias de legalidad que respaldaban la gestión de la entidad.
Sin embargo, la Sala de lo Penal respaldó los criterios y los fundamentos presentados por el juez Calama para atribuir, al menos provisionalmente, responsabilidad penal a Ángel Ron.
Un presidente «con funciones ejecutivas»
Los jueces explicaron que el procedimiento se refiere a hechos que derivan de la aprobación y ejecución de la ampliación de capital acordada por el Banco en 2016. Según los magistrados, el presidente del banco, en este caso Ángel Ron, no puede ser excluido de este proceso, ya que se trataba de «una operación especialmente importante para la operatividad».
Los magistrados argumentaron que «sería absurdo que el presidente del banco no hubiera tenido una actuación relevante, importante y decisiva». Según ellos, Ron no era solo un presidente representativo, sino que tenía funciones ejecutivas que influenciaban de manera incuestionable en la dirección del banco.
Según los jueces, es necesario recordar que en ese periodo, el Banco Popular era una de las grandes entidades bancarias de España, con un peso e influencia significativos en la economía nacional. Por lo tanto, una decisión de la magnitud de una ampliación de capital necesariamente habría involucrado al presidente de la entidad bancaria en cuestión.
