En un fallo reciente, la sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado una sentencia anterior contra ACS, una empresa de construcción y servicios, que fue demandada por Iberdrola, la compañía eléctrica líder en España, por competencia desleal. El tribunal ha desestimado el recurso presentado por ACS, presidida por Florentino Pérez, y ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado Mercantil en abril de 2022, en la que se impuso a ACS el pago de las costas procesales de segunda instancia.
El conflicto entre ambas empresas se remonta al 22 de febrero de 2021, cuando se publicó en ‘El Confidencial’ una noticia bajo el titular «Florentino Pérez prepara una demanda de 2.600 millones contra Iberdrola por Villarejo«. Esta publicación se produjo pocos días antes de que Iberdrola presentara sus resultados financieros, un hecho que eventualmente tuvo lugar el 24 de febrero. En respuesta a la noticia, Iberdrola solicitó su rectificación por parte de ACS.
Ante la negativa de ACS de rectificar la noticia, Iberdrola presentó una demanda ante el juzgado mercantil número 4 de Madrid. En abril de 2022, el juzgado dictó una sentencia en favor de Iberdrola, considerando que se había realizado un acto denigratorio con el propósito de perjudicar a la energética. La sentencia también destacó que la cifra reclamada por ACS, 2.600 millones de euros, equivalente al 72% del beneficio neto de Iberdrola en 2020, era suficiente para generar incertidumbre en el mercado.
El tribunal también consideró que la información se difundió en una fecha específica para maximizar el interés en las noticias sobre Iberdrola y que el anuncio de la demanda no se ajustaba a la realidad. Concluyó que el único propósito de ACS era perjudicar a su competidora.
ACS apeló la sentencia, pero la Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso. El tribunal consideró grave el hecho de difundir una noticia de alto impacto en el mercado financiero de una sociedad cotizada en una fecha cercana a la presentación de resultados. Además, señaló que ACS nunca desmintió la noticia, sólo difundió un comunicado en el que negaba estar trabajando en dicha demanda.
El tribunal también consideró que ACS había filtrado la noticia y que su publicación en esa fecha concreta era objetivamente apta para perjudicar la buena reputación de Iberdrola en el mercado. Esta circunstancia puede influir negativamente en la percepción de los inversores o financiadores sobre la solvencia de Iberdrola.
La sentencia que ha confirmado la Audiencia Provincial de Madrid es susceptible de recurso. Las partes pueden interponer recurso de casación en el plazo de veinte días siguientes a su notificación, siempre que concurra interés casacional conforme a los criterios legales y jurisprudenciales de aplicación. Este recurso sería conocido por la Sala 1ª del Tribunal Supremo.
