Este martes, la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en Estrasburgo ha dictaminado sobre tres casos climáticos de importancia. En una decisión mixta, la sala declaró inadmisible el caso presentado por seis jóvenes portugueses, mientras que respaldó la demanda de las ‘abuelas’ suizas sobre el cambio climático. Esta última sentencia marca la primera vez que un tribunal internacional de derechos humanos condena la inacción climática de un país, estableciendo un posible precedente para futuros litigios.
En el primer caso, los jóvenes portugueses, con edades comprendidas entre los 11 y 24 años, junto con sus abogados, sostenían que la falta de reducciones rápidas en las emisiones de gases de efecto invernadero vulneraba su derecho a la vida. Citando los devastadores incendios de 2017 en Portugal, que se cobraron la vida de 64 personas, los demandantes responsabilizaban a 32 gobiernos europeos. Sin embargo, la sala rechazó el caso, argumentando que la responsabilidad de todos los países demandados no estaba claramente demostrada y que los jóvenes no habían agotado todas las vías judiciales en su país.
Una demanda similar presentada por el exalcalde francés, Damien Carême, también fue rechazada. El demandante argumentó que Francia había violado sus derechos humanos al no tomar medidas suficientes para combatir el cambio climático. Sin embargo, el tribunal determinó que el demandante no cumplía con los requisitos de víctima, tal como se establece en el artículo 34 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos.
La tercera demanda fue presentada por las KlimaSeniorinnen, también conocidas como las ‘abuelas suizas’ del clima. Estas 2.000 mujeres, con una edad promedio de 74 años, argumentaban que sus vidas y su salud estaban amenazadas por las olas de calor causadas por el cambio climático. La sala dictaminó que Suiza había violado su derecho a la vida privada y familiar al no cumplir con sus objetivos de reducción de emisiones en 2020, infringiendo así el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El tribunal concluyó que el artículo 8 abarca el derecho a una protección efectiva por parte de las autoridades estatales contra los graves efectos adversos del cambio climático en la vida, la salud, el bienestar y la calidad de vida. El fallo criticó a las autoridades suizas por no actuar a tiempo y de manera adecuada para desarrollar legislación y medidas efectivas contra el cambio climático.
En respuesta, el Gobierno de Suiza ha anunciado que analizará la sentencia. La Oficina Federal de Justicia declaró: «Junto con las autoridades interesadas, analizaremos ahora la extensa sentencia y revisaremos las medidas que adoptará Suiza al respecto de cara al futuro». Aunque no se ha impuesto ninguna sanción, es probable que el fallo desencadene una intensificación de los programas y medidas de Suiza contra el cambio climático.
Este histórico fallo podría tener ramificaciones más allá de Suiza. Joana Setzer, profesora asociada del Instituto de Investigación Grantham sobre Cambio Climático y Medio Ambiente, considera que la victoria en el caso KlimaSeniorinnen es monumental. Según Setzer, este fallo no solo tiene un impacto directo en los Estados europeos obligados por el Convenio, sino que también puede actuar como un punto de referencia para los tribunales de todo el mundo.
Sin embargo, Ana Barreira, abogada y directora del Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA), adopta un enfoque más cauteloso. Aunque reconoce que esta es la primera vez que el TEDH relaciona los efectos del cambio climático con los derechos humanos, también destaca que la sala solo encontró una violación del artículo 8. Según Barreira, el fallo le dice al Gobierno de Suiza que tome medidas, pero no especifica qué tipo de medidas deben ser.
En los últimos años, ha habido un aumento en los litigios que intentan situar la lucha contra el cambio climático en el contexto de los derechos humanos. Estos litigios se desarrollan en paralelo a iniciativas que buscan aclarar la responsabilidad legal y las obligaciones de los países en relación con el calentamiento global, como las solicitudes de opiniones consultivas al Tribunal Internacional del Derecho del Mar y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Joie Chowdhury, abogada principal del Centro para el Derecho Ambiental Internacional (CIEL), espera que el fallo influya en las acciones y litigios climáticos en toda Europa y más allá. Según Chowdhury, la sentencia histórica de hoy no deja lugar a dudas: la crisis climática es una crisis de derechos humanos, y los Estados tienen la obligación de actuar con urgencia y eficacia para evitar una mayor devastación y daño en las personas y el medio ambiente.
