El Tribunal Supremo ha confirmado de forma definitiva la condena de siete años y un día de prisión impuesta a un psiquiatra de Málaga por violar a una paciente a la que atendía en su consulta privada por un cuadro de depresión leve. La resolución rechaza íntegramente el recurso de casación presentado por la defensa, por lo que la sentencia es ya firme.

Los hechos ocurrieron en mayo de 2019

La agresión tuvo lugar el 16 de mayo de 2019, según recoge el relato de hechos probados. La mujer acudió a una cita programada en la consulta del facultativo, donde aquel día no se encontraba la enfermera que habitualmente asistía al médico.

La paciente había comentado previamente al especialista que creía padecer una hernia. De acuerdo con la sentencia, el psiquiatra, movido por un ánimo libidinoso, le indicó que se tumbara en la camilla con el pretexto de realizar un reconocimiento médico. Bajo esa falsa premisa, cometió la agresión sexual y posteriormente la besó en la ingle mientras decía: «Sana, sana, culito de rana».

El tribunal destaca la situación de vulnerabilidad

Los magistrados ponen de relieve el prevalimiento ejercido por el condenado. La víctima mantenía una relación de plena confianza con el profesional, al entender que trataba correctamente su dolencia, y siguió sus indicaciones durante la consulta. Esa relación terapéutica, señala el fallo, la situó en una posición de absoluta vulnerabilidad frente al ataque.

El Tribunal Supremo considera acreditado el testimonio de la mujer, que califica de persistente y coherente en sus elementos esenciales. La resolución sostiene que no existe ningún indicio de falta de fiabilidad en su declaración ni relaciones conflictivas previas o fines espurios que pudieran condicionar la denuncia.

Asimismo, el alto tribunal concluye que el relato no presenta contradicciones relevantes respecto a las declaraciones anteriores y que cuenta con corroboraciones periféricas sólidas. Por ello, rechaza los intentos de la defensa de desacreditar la versión de la perjudicada.

Secuelas tras la agresión

Tras lo sucedido, la víctima abandonó la consulta en estado de shock. Inmediatamente después acudió a su terapeuta habitual y explicó lo ocurrido a personas de su entorno más próximo.

Como consecuencia de los hechos, sufrió una intensa crisis de ansiedad que precisó asistencia médica. El periodo de curación fue de 19 días: cuatro días de perjuicio personal básico y 15 días impeditivos para el desarrollo de su actividad habitual.

La sentencia también recoge como secuela un cuadro ansioso-depresivo reactivo a los hechos, que requirió tratamiento farmacológico y seguimiento especializado al menos hasta abril de 2021.

Inhabilitación, libertad vigilada e indemnización

La condena firme se dicta por un delito de abuso sexual con prevalimiento. Además de la pena de prisión, el psiquiatra queda inhabilitado para ejercer el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y deberá cumplir posteriormente cinco años de libertad vigilada.

En materia de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la víctima con 30.000 euros por daños morales. A esta cuantía se añaden las compensaciones por incapacidad y lesión: 60 euros por cada día impeditivo y 30 euros por cada jornada no impeditiva.