El Gobierno extiende la pensión de viudedad a parejas con hijos no registradas y aprueba bajas por menopausia

El Gobierno ha aprobado una amplia batería de reformas que incluye la ampliación de la pensión de viudedad para parejas de hecho con hijos comunes que no estén registradas, así como un nuevo supuesto de incapacidad temporal por menopausia. El paquete, aprobado a menos de un mes y medio de las elecciones y sin el respaldo de los agentes sociales, también mejora las ayudas para el cuidado de menores con enfermedades graves, refuerza la cobertura para víctimas de violencia de género y eleva hasta 300 euros el anticipo por impago de pensiones alimenticias.

Tras el Consejo de Ministros, la ministra Elma Saiz defendió que las medidas dan respuesta a situaciones que hasta ahora carecían de protección. El decreto reúne compromisos pendientes que el Ejecutivo deberá llevar ahora a la convalidación de la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados.

Viudedad para parejas con hijos sin registro formal

La nueva regulación permitirá acceder a la prestación de viudedad a las parejas de hecho con hijos en común que acrediten dos años de convivencia estable. Para ello, ya no será necesario figurar en un registro específico ni haber formalizado la relación mediante escritura pública.

Asimismo, durante los próximos 12 meses podrán revisarse las solicitudes que fueron rechazadas por no cumplir esos requisitos formales. La propuesta recupera una fórmula que la Seguridad Social ya había presentado a sindicatos y patronal en octubre de 2025, cuando planteaba exigir cinco años de convivencia o descendencia compartida, y que volvió a incluir sin éxito en un borrador sobre incapacidad temporal durante el verano.

Baja médica por síntomas incapacitantes de menopausia

El decreto crea un supuesto específico de incapacidad temporal para trabajadoras con síntomas incapacitantes derivados de la menopausia. Esta baja no requerirá cotización previa.

La prestación será del 60% de la base reguladora hasta el vigésimo día de ausencia y del 75% desde el día 21. La empresa asumirá únicamente el primer día de salario y la Seguridad Social se hará cargo del resto. Sus condiciones económicas serán más favorables que las aplicables a las bajas por contingencias comunes.

Esta misma protección se aplicará a las empleadas que causen baja por lesiones provocadas por la violencia machista. La medida recupera un compromiso anunciado por el Ejecutivo el 8 de marzo de 2024, aunque con una cuantía inferior durante las tres primeras semanas: el anuncio inicial preveía el 75% desde el primer día, mientras que el texto aprobado fija el 60% hasta el día 20.

Mejoras para el cuidado de hijos y las víctimas de violencia de género

Prestación por cuidado de menores con patologías graves

La reforma modifica la prestación por cuidado de menores con cáncer u otras enfermedades graves, conocida como CUME. Por primera vez, ambos progenitores podrán percibir la ayuda y reducir su jornada laboral de manera simultánea.

Además, se elimina el límite de edad de 26 años cuando la persona atendida tenga reconocido un grado III de dependencia o una gran discapacidad.

Anticipos por alimentos y pensiones de orfandad

El decreto también actúa sobre el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos para menores cuyos progenitores incumplen las pensiones judiciales después de un divorcio o separación. El importe máximo del anticipo mensual se triplica, al pasar de 100 a 300 euros, y se amplía su periodo de percepción.

Por otra parte, la pensión de orfandad en los casos en los que la mujer haya fallecido como consecuencia de la violencia machista ascenderá hasta 2.442 euros mensuales, equivalentes a dos salarios mínimos. Esta será también la cuantía mínima de las pensiones extraordinarias por terrorismo.

Protección ante catástrofes y riesgos laborales

La norma introduce igualmente una modalidad específica de incapacidad temporal para las personas afectadas por catástrofes. Esta cobertura equiparará su protección a la de los accidentes de trabajo, con mejores condiciones económicas y sin necesidad de acreditar un periodo previo de cotización.

Hasta ahora, este tipo de cobertura se aplicaba de manera excepcional en situaciones como la dana. Con el cambio, el Gobierno busca que pueda activarse ante futuras emergencias sin aprobar medidas extraordinarias en cada caso. La medida alcanzará tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos.

Nuevos controles frente al amianto, plomo y diisocianatos

El Consejo de Ministros ha aprobado también medidas para reforzar la seguridad de los trabajadores expuestos al amianto, el plomo y los diisocianatos, sustancias relacionadas con el cáncer, problemas de fertilidad y enfermedades respiratorias.

La reforma endurece los límites de exposición al amianto, mejora los procedimientos de detección de sus fibras, incrementa los controles sobre las empresas y exige una mayor formación para los trabajadores. También amplía el seguimiento médico de quienes hayan estado expuestos.

Los cambios afectan, entre otros, a ámbitos como la construcción, la metalurgia, el reciclaje de baterías y la fabricación de espumas, adhesivos y pinturas. Con esta actualización, el Ejecutivo adapta la normativa española a los requisitos europeos y busca reducir los riesgos sanitarios en el trabajo.