El jueves pasado, El Arcángel, un estadio deportivo, registró una venta total de entradas para el partido de vuelta de la final del play off de ascenso a Segunda División contra el Barcelona B. En menos de 24 horas, a pesar de varios problemas de gestión en la venta de entradas, los aficionados blanquiverdes lograron agotar todas las localidades libres. Ahora, el estadio está a la espera de que se liberen los asientos de los abonados que no han retirado su suplemento.
Sin embargo, el día del partido fue testigo de un fenómeno desagradable. Los primeros perfiles de reventa de entradas comenzaron a aparecer en portales web e incluso en las redes sociales. Las entradas se vendían a precios muy superiores al valor original, lo cual provocó el enfado de los aficionados blanquiverdes y también del propio club.
La reacción del Club ante la reventa de entradas
Ante estos hechos, el club publicó un comunicado en el que expresaba su enfado ante estos sucesos. El club anunció la implementación de un protocolo especial para detectar estos fraudes, basándose en la normativa vigente y la apertura de un expediente sancionador conforme al Reglamento Disciplinario. Este reglamento detalla las multas y sanciones a las que los infractores se enfrentan.
El club ha logrado identificar a los usuarios que están llevando a cabo estas prácticas. Según informa ABC Córdoba, ya hay unos 50 abonados ‘fichados’ por el club blanquiverde. Desde el club, se ha contactado a estos abonados para informarles de la grave infracción que están cometiendo respecto al reglamento general del club y la sanción que se les va a aplicar.
El Art. 22 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, establece sanciones de entre 300,51 € y 30.050,61 € para las infracciones graves, entre las que se encuentra la reventa de entradas.
Las consecuencias de la reventa de entradas
El Reglamento General incluso considera infracción muy grave la reventa de entradas, independientemente de las responsabilidades legales que ello conlleva. Además, una infracción muy grave conlleva para el club la prohibición de acceso a las instalaciones deportivas donde se celebren acontecimientos o espectáculos deportivos organizados por el Córdoba CF por un periodo comprendido entre dos años y cinco años y la pérdida de la condición de abonado/a durante el mencionado periodo.
Así pues, la pérdida temporal de la condición de abonado/a implicará para el sancionado la imposibilidad de ejercer los derechos que asisten a los abonados/as, tales como acceder a las instalaciones o beneficiarse de cualquier tipo de acción comercial dirigida a ese equivalente, pero no impedirá la imposición de nuevas sanciones por las posibles contravenciones del Reglamento durante el periodo de cumplimiento de la sanción. El abonado/a no tendrá derecho a ser reembolsado, total ni parcialmente, de los pagos ya efectuados o comprometidos al club por el carnet de abonado.
El club ha habilitado un correo de denuncia para que los aficionados envíen pruebas gráficas de la reventa de entradas. Los servicios jurídicos del club están estudiando la posible sanción para estos abonados.
Este caso pone de manifiesto la necesidad de un control más estricto y un seguimiento más riguroso en la venta y reventa de entradas para eventos deportivos. Es un llamado a la acción para los clubes deportivos, las autoridades y los aficionados para que colaboren en la detección y denuncia de estas prácticas ilegales que solo sirven para enriquecer a unos pocos a expensas de los verdaderos amantes del deporte.