En un empuje significativo para proteger a los usuarios vulnerables de las vías, la Dirección General de Tráfico (DGT) de España está implementando una reforma importante del Reglamento General de Circulación. Esta reforma, que inicia su fase de audiencia e información pública este miércoles, está dirigida principalmente a peatones, ciclistas, conductores de vehículos de movilidad personal, ciclomotoristas y ciclistas, así como a conductores noveles y profesionales.
Los datos de la DGT indican que en 2023, un notable 51% de los fallecidos en accidentes de tráfico pertenecían a los colectivos vulnerables. En las ciudades, este porcentaje asciende al 80%, a pesar de que las cifras se redujeron en un 15% en comparación con 2022. Estas estadísticas alarmantes han llevado a la DGT a priorizar la protección de estos grupos en su reforma del reglamento.
Medidas significativas para mejorar la seguridad vial
Una de las medidas más destacadas de la reforma es la reducción de las tasas de alcoholemia para conductores noveles y profesionales. Los límites se reducirán a 0,20 gramos por litro de alcohol en sangre (desde el actual límite de 0,30) o 0,15 miligramos por litro de aire espirado (desde 0,10 actualmente).
Los conductores de motocicletas también se verán afectados por la reforma. En el futuro, se les permitirá circular por el arcén durante los atascos y se les exigirá que lleven guantes de protección y casco integral o modular en carretera, así como calzado cerrado en todas las vías.
En cuanto a los ciclistas, la DGT planea eliminar las excepciones al uso del casco en carretera en pendientes ascendentes prolongadas, por razones médicas o en condiciones extremas de calor. Este elemento de seguridad será obligatorio siempre en carretera. Además, los ciclistas deberán llevar al menos un elemento luminoso o retroreflectante en momentos de poca visibilidad o por la noche para ser vistos a una distancia mínima de 150 metros.
Para los vehículos que adelantan a ciclistas en carretera, se establecerá una norma de ir a una velocidad máxima de 20 km/h menos que el límite de velocidad establecido. Además, deberán mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y realizar un cambio completo de carril en ciertas situaciones.
Por otro lado, los autobuses tendrán una velocidad máxima limitada a 80 km/h en carretera cuando lleven pasajeros de pie o si no están equipados con cinturones de seguridad. En autovías y autopistas, se deberá circular por el carril derecho para dejar libre el izquierdo a los vehículos de emergencia y quitanieves cuando se produzcan nevadas.
En lo que respecta a los peatones, las aceras serán exclusivas para ellos, con una prohibición máxima de circulación y estacionamiento de vehículos para proteger a las personas.
Los vehículos de movilidad personal, como los patinetes y patinetes eléctricos, también se verán afectados por las nuevas medidas. Deberán usar un casco homologado y llevar al menos un elemento luminoso o retroreflectante en situaciones de poca visibilidad o por la noche. Los conductores profesionales de motos, ciclomotores, ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal deberán usar un chaleco reflectante de alta visibilidad.
Las plazas de aparcamiento en las inmediaciones de los pasos de peatones se prohibirán para facilitar la visibilidad y la accesibilidad. Las bicicletas circularán por la calzada de manera general y preferentemente por el centro del carril. Los conductores de vehículos de motor deberán dejar al menos cinco metros de distancia de seguridad con la bicicleta que circule por delante.