Hacienda ampliará las campañas de avisos para evitar incidencias en el IRPF

El panorama fiscal de España se ha vuelto un poco más amigable para sus contribuyentes. Como cada año, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes su servicio de ayuda telefónica para la confección de las declaraciones de IRPF, conocido como el Plan «Le Llamamos». Este año, el servicio se ha abierto para citas desde el 29 de abril y será una opción valiosa para aquellos que necesiten ayuda con su Declaración del Ejercicio 2023.

El Plan «Le Llamamos» es una oportunidad para los contribuyentes de obtener la ayuda de un gestor de Hacienda a través de una conversación telefónica programada. Durante esta llamada, el gestor utilizará los datos proporcionados por el contribuyente, así como la información que Hacienda ya tiene, para preparar la declaración del IRPF correspondiente al Ejercicio fiscal 2023.

Desde el 7 de mayo, la Agencia Tributaria comenzará a realizar las llamadas a los contribuyentes a través del número de teléfono 810 520 052. Para los contribuyentes con un número de teléfono extranjero, las llamadas se realizarán desde el 917 276 222.

Es importante que los contribuyentes se preparen para estas llamadas teniendo a mano la documentación necesaria. Esta documentación incluye el número de referencia del titular o titulares de la declaración, el número del DNI de todos los que figuren en la declaración, el IBAN de la cuenta bancaria, las referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad y cualquier otra documentación que se pueda solicitar en relación con rentas del trabajo, seguros, cuentas bancarias, inmuebles alquilados o ganancias de patrimonio.

Además, Hacienda no tiene datos sobre las deducciones a las que los contribuyentes pueden tener derecho. Por lo tanto, es responsabilidad del contribuyente comunicar estas deducciones durante la llamada telefónica programada. Estas pueden incluir deducciones de alquiler para contratos formalizados antes del 1 de enero de 2015 y deducciones específicas de la Comunidad Autónoma.

Por otro lado, los contribuyentes también deben verificar si tienen derecho a la deducción por maternidad y a las deducciones familiares. Estas pueden ser de hasta 1.200 euros por descendiente o ascendiente con una discapacidad del 33% o más, hasta 1.200 euros por cónyuge discapacitado y por familia numerosa, 1.200 euros o 2.400 euros, más 600 euros más por cada hijo que exceda del mínimo.

En el caso de las deducciones por maternidad y familiares, si los contribuyentes no han solicitado el cobro anticipado, deben incluir estas deducciones en su declaración y, para años sucesivos, solicitar el cobro anticipado para recibir antes el dinero y evitar tener que incluir nada en el IRPF.

Este año, una de las novedades más destacables es la puesta en marcha de un plan especial dirigido a las personas mayores de 65 años que tengan su domicilio fiscal en pequeños municipios. Este plan, que comenzará el 7 de mayo con la solicitud de citas a partir del 29 de abril, alcanzará a los residentes en más de 500 municipios de las 46 provincias del territorio común. El listado de municipios ya está disponible en la página web de la Agencia Tributaria.

Por Daniel